Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 43070 de 29 de Enero de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552662986

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 43070 de 29 de Enero de 2014

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
Tribunal de OrigenJuzgado Penal de Circuito Especializado de Barranquilla
Número de expediente43070
Número de sentenciaAP212-2014
Fecha29 Enero 2014
Tipo de procesoDEFINICIÓN DE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

R
epública de Colombia




Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL



GUSTAVO ENRIQUE MALO FERNÁNDEZ

Magistrado ponente


AP212-2014

R.icado N° 43070.

Aprobado acta No. 18.



Bogotá, D.C., veintinueve (29) de enero de dos mil catorce (2014).



V I S T O S


De conformidad con lo que establece el numeral 4 del artículo 32 de la Ley 906 de 2004, la Corte define de plano la competencia para conocer del proceso seguido en el caso de Romer Antonio Rúa Caballero, contra quien la Fiscalía Sexta Seccional con sede en C., presentó escrito de acusación por los delitos de concierto para delinquir agravado, homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego.


A N T E C E D E N T E S


En el escrito de acusación se narraron como se transcribe a continuación:


La presente investigación se origina teniendo en cuenta los interrogatorios rendidos por el señor TOMÁS DE JESÚS BATISTA HERRERA, alias TOMI, ante este despacho, toda vez que él mismo decidió de manera libre y espontánea colaborar con las autoridades judiciales en el esclarecimiento de las muertes violentas cometidas por la organización delincuencial los paisas en la ciudad de C., atendiendo a que él mismo hizo parte de la organización como jefe de sicarios en dicha banda delincuencial que opera en el Departamento de Bolívar, por lo cual los funcionarios de policía judicial de la sijin mecar, presentaron informe de fecha 19 de mayo del 2011, donde da (sic) a conocer a la Fiscalía General de la Nación el deseo del señor TOMÁS DE J.B.H., de colaborar con la justicia en el esclarecimiento de las muertes violentas cometidas en el Departamento de Bolívar y especialmente en la ciudad de C..


(…)


En los interrogatorios que fueron rendidos ante este despacho por el señor TOMÁS DE J.B.H., en fecha 13, 14, 15, 17 de junio, 06, 12, 18 de julio, 17 de agosto y 14 de septiembre de la presente anualidad, en presencia de su abogado, narra de manera detallada cada uno de los homicidios que se cometieron en la ciudad de C. y sus alrededores, al igual que da a conocer las personas que participaron en los hechos, así como las armas y vehículos utilizados y la cantidad de dinero pagada en algunos homicidios, como las personas que ordenaron los hechos de sangre, a tendiendo a que muchos de esos homicidios él los ordenaba y participa en su condición de jefe de sicarios de la estructura criminal de los paisas (…).


Es así, que la Fiscalía ordena a los funcionarios de la policía judicial se verifique la información suministrada por el señor TOMÁS DE JESÚS BATISTA HERRERA, dada en sus interrogatorios, donde se pudo corroborar la veracidad de la misma donde se encuentra relación con los casos que hace referencia en su narrativa, teniendo en cuenta el tiempo, espacio y lugares a los que hizo referencia en el interrogatorio, así mismo por el rol mantenido como jefe de sicarios y de la (sic) ejecuciones de la (sic) acciones delincuenciales realizadas por esta organización criminal, mantuvo constante contacto con los integrantes de la misma, a los cuales conoció por sus alias, apodos, características físicas o el algunos casos nombres, dejándolos plasmados en el interrogatorio. El grupo investigativo de policía judicial realizó labores de campo, intercambio de información con otras entidades del Estado, consulta en los archivos fotográficos de la seccional de investigación criminal, obteniendo como resultado la individualización e identificación de los integrantes de esta banda criminal al servicio del narcotráfico mencionados por el deponente, se realizaron varios álbumes fotográficos para ser expuestos al testigo reconociendo a los integrantes de la organización.


En consecuencia la fiscalía sexta seccional de la ciudad de C., en fecha 20 de octubre de la presente anualidad, solicita ante el J. Segundo Penal Municipal ambulante con funciones de control de garantías, orden de captura en contra de los (sic) señor R.A.R.C., impartiendo el juez la orden de captura No. 1127, en contra del antes mencionado.



ACTUACIÓN PROCESAL


De la información obrante en la carpeta, se ha podido establecer que el 29 de septiembre de 2012, la Fiscalía Sexta Seccional de C. presentó el escrito de acusación contra ROMER ANTONIO RÚA CABALLERO, por los delitos de concierto para delinquir agravado, homicidio agravado y porte ilegal de armas de fuego de uso privativo de las fuerzas armadas.


El conocimiento se le asignó el 2 de octubre de 2012 al Juzgado Penal del Circuito Especializado de C., el que a su vez lo remitió al entonces Juzgado Penal del Circuito Especializado Adjunto de la misma ciudad, sin que se conozca cuáles actuaciones se surtieron en esa entidad.


No obstante, el expediente regresó al Juzgado...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR