Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 43255 de 9 de Abril de 2014
Sentido del fallo | CASA DE OFICIO / CONDENA / ACEPTA DESISTIMIENTO PRESENTADO |
Número de expediente | 43255 |
Fecha | 09 Abril 2014 |
Número de sentencia | SP4447-2014 |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Penal de Bogotá |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Tipo de proceso | CASACIÓN |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO
Magistrado Ponente
SP4447-2014
Radicación n° 43255
(Aprobado Acta No. 104)
Bogotá, D.C., nueve (9) de abril de dos mil catorce (2014).
Se pronuncia la Corte sobre el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el defensor de los procesados FRANCISCO RUIZ GARCÍA y JAIBER ALEXANDER URREGO GUERRERO.
CONSIDERACIONES
1. El Juzgado Noveno Penal del Circuito Especializado de
Bogotá, mediante sentencia del 19 de marzo de 2013, condenó a JAIBER ALEXANDER URREGO GUERRERO, F.R.G., PABLO JAVIER GÓMEZ SANCHEZ y N.G.C., a la pena de 47 años de prisión y multa de 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes, como coautores de los delitos de tentativa de homicidio, hurto calificado y agravado en la modalidad de tentativa, porte ilegal de armas de fuego de defensa personal, porte ilegal de armas de uso privativo de las fuerzas militares, simulación de investidura, receptación, falsedad marcaria y disparo de arma de fuego contra vehículo, mientras que los absolvió por el punible de homicidio agravado en la persona de Mario Vianey Gamboa Murcia.
2. El fallo fue recurrido en apelación por el delegado de la Fiscalía, el apoderado de la víctima, los defensores de los procesados y por los dos últimos de ellos referidos; y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en sentencia del 30 de octubre del mismo año, confirmó la absolución por el delito de homicidio agravado, revocó la condena que se les hiciera por los delitos de homicidio tentado y hurto calificado y agravado en la modalidad de tentativa y en su lugar, absolvió a los acusados de tales punibles, y confirmó la condena por los delitos de porte ilegal de armas de fuego de defensa personal, porte ilegal de armas de uso privativo de las fuerzas militares, simulación de investidura, receptación, falsedad marcaria y disparo de arma de fuego contra vehículo.
En tal virtud les impuso una sanción de 40 años de prisión y multa de 120 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siendo esa la decisión que es objeto de este recurso extraordinario, propuesto por el defensor de JAIBER ALEXANDER URREGO GUERRERO y F.R.G..
3. Inmediatamente fue repartido en este trámite el expediente, el apoderado de los citados allegó memorial...
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