Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2014-02855-00 de 15 de Diciembre de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552665446

Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-02-03-000-2014-02855-00 de 15 de Diciembre de 2014

Sentido del falloINADMITE REVISION
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
Número de sentenciaAC6108-2014
Tipo de procesoRECURSO DE REVISIÓN
Fecha15 Diciembre 2014
Número de expediente11001-02-03-000-2014-02855-00
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Bogotá
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

AC6108-2014

Radicación n° 11001-02-03-000-2014-02855-00

B.D.C., quince (15) de diciembre de dos mil catorce (2014).

De conformidad con lo establecido en el inciso 3º del art. 383 del C. de P.C., se inadmite la demanda que contiene el recurso extraordinario de revisión formulado por G.I.B.P. y M.D.O.B., contra la sentencia proferida el 23 de mayo de 2013 por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, en el proceso ordinario reivindicatorio de D.I.O.B. y M.Á.G.A. contra las recurrentes y otros, para que dentro del término de cinco (5) días, so pena de rechazo:

1. Se indique el domicilio de los sujetos procesales que se señalan enseguida:

1.1. F.A.B.P.

1.2. Domingo A.B.P.; y

1.3. M.B. de S.

Se reconoce al abogado A.R.C. como apoderado judicial de las demandantes, en los términos y para los efectos indicados en el poder conferido a folio 1.

Finalmente, por cuanto resulta procedente y se acredita el cumplimiento de los requisitos que establece el ordenamiento jurídico, se concede amparo de pobreza a las demandantes G.I.B.P. y M.D.O.B..

Del escrito de subsanación se aportarán las copias necesarias para surtir los traslados de rigor.

N..

Á.F.G.R.

Magistrado

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