Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001 02 03 000 2013 02961 00 de 7 de Abril de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552670942

Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001 02 03 000 2013 02961 00 de 7 de Abril de 2014

Sentido del falloADMITE DEMANDA
Número de expediente11001 02 03 000 2013 02961 00
Número de sentenciaAC 1766-2014
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
Fecha07 Abril 2014
Tribunal de OrigenSala de Casación Civil
Tipo de procesoRECURSO DE REVISIÓN
MateriaDerecho Civil
República de Colombia

Corte Suprema de Justicia




CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL


AC 1766-2014

Radicación n° 11001 02 03 000 2013 02961 00



Bogotá, Distrito Capital, siete (7) de abril de dos mil catorce (2014).

Reunidos todos los requisitos exigidos en la normatividad procesal civil (Arts., 380 y ss), se DISPONE:


1. ADMITIR la demanda contentiva del recurso extraordinario de revisión presentada por Z.M. PLATA.


2. CORRER traslado de la misma y sus anexos a los herederos indeterminados del señor L.C.V., así como al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, por el término de cinco (5) días, en la forma prevista en el artículo 87 idem.


De otra parte, atendiendo la concesión del amparo de pobreza a la actora, que la misma, por disposición legal, está libera de la asunción de los gastos procesales, considera la suscrita Magistrada que el curador designado por el a-quo deberá ser llamado a este trámite para que, en esa calidad, ejerza la representación de la parte demandada-opositora.


Las notificaciones a que haya lugar deberán surtirse en legal forma (arts. 315 a 318 ibidem).

Notifíquese






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