Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-31-03-020-2006-00122-01 de 21 de Agosto de 2014 - Jurisprudencia - VLEX 552700794

Auto de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN CIVIL nº 11001-31-03-020-2006-00122-01 de 21 de Agosto de 2014

Sentido del falloDECLARA INFUNDADA OBJECIÓN DE COSTAS
Tipo de procesoRECURSO DE CASACIÓN
Número de expediente11001-31-03-020-2006-00122-01
Número de sentenciaAC4825-2014
Fecha21 Agosto 2014
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Civil de Bogotá
EmisorSALA DE CASACIÓN CIVIL
MateriaDerecho Civil
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

Sala de Casación Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Bogotá, D.C., veintiuno (21) de agosto de dos mil catorce (2014).

AC4825-2014

Radicación: 11001-31-03-020-2006-00122-01

Se decide sobre la objeción formulada, respecto de la liquidación de costas practicada en el proceso del epígrafe.

CONSIDERACIONES

1. Según la demandada G.P.A., recurrente en casación, contra quien se impuso la condena, el valor de las agencias en derecho señaladas resulta excesiva, si se tiene en cuenta que en el trámite del recurso extraordinario, el extremo actor, la sociedad Tecniavalúos & Cía. Ltda., no incurrió en mayores gastos, en tanto la actividad desplegada fue mínima. Además, no existe prueba sobre la causación y comprobación de costas.

2. De entrada se advierte, si en el acto procesal cuestionado el único rubro incluido es el correspondiente a las agencias en derecho, la alegación sobre otros gastos, en cuanto a su monto, causa o prueba, aparece totalmente desenfocada.

2. Relativo a la especie objetada, su tasación, bien se sabe, debe hacerse de acuerdo con las tarifas establecidas por el Consejo Superior de la Judicatura, dentro de los mínimos y máximos permitidos, aplicadas en correlación directa no sólo con la naturaleza, calidad y duración de la gestión, la cuantía del asunto y otras circunstancias especiales, sino con la actuación de que se trate (artículo 393, numeral 3 del Código de Procedimiento...

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