Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 45114 de 21 de Enero de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 554547294

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 45114 de 21 de Enero de 2015

Sentido del falloDECLARA EXTINGUIDA LA ACCIÓN PENAL / CESA PROCEDIMIENTO
Tipo de procesoCASACIÓN
Número de sentenciaAP210-2015
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Cali
Fecha21 Enero 2015
EmisorSala de Casación Penal
Número de expediente45114
MateriaDerecho Penal

p L

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia



CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACIÓN PENAL



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado Ponente


AP210-2015

R.icación 45114

(Aprobado en acta N° 11)


Bogotá D.C., veintiuno (21) de enero de dos mil quince (2015).

Sería del caso que la Sala examinara los presupuestos lógicos y de debida argumentación de la demanda de casación presentadas por el defensor del procesado MARIO O.Z. contra la sentencia de 23 de septiembre de 2014 mediante la cual el Tribunal Superior de Cali revocó la de carácter absolutorio emitida por el Juzgado Diecinueve Penal Municipal del mismo Distrito Judicial, para en su lugar condenarlo como autor del delito de lesiones personales culposas, sino fuera porque se advierte una causal objetiva de extinción de la acción penal.




HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL


El aspecto fáctico fue presentado por los juzgadores así:


El 3 de agosto de 2007, el D.M.O.Z., de profesión médico cirujano con domicilio en el centro de Especialistas MEDERIS, ubicado en la calle 5-B N° 38-78 de esta ciudad, —Cali—, le realizó a O.O.O. una liposucción. Cuando salió de la clínica con dirección a su residencia comenzó a sentir molestias, dolor, palidez y finalmente vómito, motivo por el cual, llamó al médico O.Z. para comentarle esa situación.


El aludido cirujano le dijo se dirigiera a la Cruz Roja para que le pusieran sangre y estando en este centro de atención médica la remitieron al Hospital Departamental E.G., donde le diagnosticaron crisis en los intestinos por perforación, estando en cuidados intensivos por espacio de un mes y medio y en cuidados intermedios, un mes, con el abdomen abierto y constantes curaciones.


Se le determinó una incapacidad médico legal de 120 días y con secuelas de deformidad física que afecta el cuerpo de carácter permanente, perturbación funcional del órgano-sistema muscular por afectación de la pared abdominal anterior, de carácter permanente y perturbación funcional del órgano de la digestión y de la nutrición de carácter transitorio.


En audiencia preliminar cumplida el 27 de septiembre de 2011 ante el Juez Veinticuatro Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali, la Fiscalía formuló imputación en contra de MARIO O.Z. por el delito de lesiones personales culposas, cargo que éste no aceptó.


Presentado el escrito de acusación, el 1° de marzo de 2012 se cumplió en el Juzgado Diecinueve Penal Municipal de la misma ciudad la respectiva audiencia de formulación.


Evacuada en el citado despacho judicial la audiencia de juicio oral, mediante sentencia de 22 de mayo de 2014 el procesado fue absuelto de los cargos endilgados, pero en virtud del recurso de apelación interpuesto por el representante de la Fiscalía y el apoderado de la víctima, el Tribunal Superior de Cali, a través de sentencia de 23 de septiembre de 2014...

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