Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 46229 de 15 de Julio de 2015 - Jurisprudencia - VLEX 592919786

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 46229 de 15 de Julio de 2015

Sentido del falloDECLARA PRESCRITA LA ACCIÓN PENAL
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Bogotá
Fecha15 Julio 2015
Número de sentenciaAP3975-2015
Número de expediente46229
Tipo de procesoCASACIÓN
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
República de Colombia


Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA


SALA DE CASACIÓN PENAL



LUIS GUILLERMO SALAZAR OTERO

Magistrado Ponente



AP3975-2015

Radicación 46229

Acta No. 239


Bogotá D.C., quince (15) de julio de dos mil quince (2015).


ASUNTO


Correspondería a la Sala pronunciarse en relación con la viabilidad formal de la demanda de casación presentada por el defensor de Carlos Humberto R.R. contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior de esta capital el 6 de octubre de 2014, confirmatoria de la decisión en primera instancia emitida por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Descongestión de la misma ciudad, de no advertirse que habría operado el fenómeno jurídico de prescripción cuyo prioritario pronunciamiento se impone.


ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES


1. Glosa el fallo impugnado los hechos de este proceso, así:


Roberto Contreras Reina formuló denuncia en la cual narra que el 18 de marzo de 2000 en la ciudad de Bogotá, le compró a E.P.P., el vehículo de servicio público de placas SKE 182, afiliado a la Empresa Radio Taxi Internacional, previo aval de Carlos Humberto Rojas Rincón, persona que aparecía como titular del derecho de dominio en la tarjeta de propiedad correspondiente. No obstante, el 9 de enero de 2004 el auto fue detenido por la policía y puesto a disposición del Juzgado Séptimo Civil Municipal de esta ciudad, dentro de un proceso adelantado por Carlos Humberto R.R. contra J.F.P. y E.A., por el incumplimiento de un contrato de compraventa celebrado el 1° de febrero de 1999.


El referido proceso terminó por la novación de la obligación, y a pesar de que elevaron solicitud para que el vehículo fuera entregado al señor R.R., el juzgado ordenó la entrega al poseedor en el momento de la captura para garantizar derechos de terceros, la cual se hizo efectiva el 24 de enero de 2005.


De forma simultánea, el señor C.H.R.R. tramitó la cancelación de la matrícula y de la tarjeta de operación del mismo, ante la Secretaría de Tránsito de esta ciudad, argumentando destrucción total del automotor, cuya petición fue aprobada mediante Resoluciones 30746 y 16863 del 17 de septiembre de 2004”.


2. Aportada a la investigación preliminar prueba de diversa índole, principalmente testimonial y documental, el 31 de octubre de 2005 la Fiscalía 142 Seccional de Bogotá dispuso formal apertura de la instrucción (fl.58), vinculándose mediante indagatoria a Carlos...

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