Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49228 de 16 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 663856209

Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 49228 de 16 de Noviembre de 2016

Sentido del falloASIGNA COMPETENCIA
Tribunal de OrigenJuzgado Penal de Circuito Especializado de Bogotá - Extinción de dominio
Número de expediente49228
Número de sentenciaAP7880-2016
Fecha16 Noviembre 2016
Tipo de procesoCOLISIÓN DE COMPETENCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA









Eyder Patiño Cabrera Magistrado Ponente



AP7880-2016 Radicación Nº. 49228

(Aprobado Acta N°. 360)




Bogotá, D. C., dieciséis (16) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).


VISTOS




La Sala resuelve acerca de la colisión negativa de competencia suscitada entre los Juzgados Segundo Penal del Circuito Especializado de Extinción de Dominio de Bogotá y su homólogo de Neiva, quienes rehúsan emitir fallo por el requerimiento de extinción de dominio presentado por la Fiscalía sobre el bien de M.L.A.S. y su núcleo familiar, afectados dentro del trámite.



ANTECEDENTES PROCESALES



1. Según se extrae de las diligencias, el trámite de extinción de dominio se inició con ocasión a la diligencia de allanamiento y registro, realizado por miembros de policía judicial SIJIN DETOL, en el inmueble ubicado en la calle 5 número 28 – 105 Barrio Las Vegas del Municipio de M.T., donde se encontraron estupefacientes.


2. El 28 de octubre de 20081, la Fiscalía Primera Delegada de la Unidad Nacional para la Extinción de Dominio y contra el Lavado de Activos de Ibagué, dio inicio al trámite de extinción de dominio respecto del bien de MARIA LUCY ALDANA SALAZAR y su núcleo familiar, de conformidad con lo previsto en la Ley 793 de 2002, artículo 2º norma modificada por la Ley 1453 de 2011.


El inmueble sujeto a la acción de extinción de dominio en el presente caso, fue objeto embargo, secuestro y suspensión del poder dispositivo dispuesto por la Fiscalía, el cual queda ubicado en el Municipio de Melgar Tolima en la calle 5 número 28 – 105 Barrio Las Vegas.


3. La Fiscalía Sexta Especializada de Ibagué, en resolución del 5 de enero de 2016, decretó la procedencia de extinción de dominio del bien inmueble de propiedad de A.S. y su núcleo familiar2, y por consiguiente ordenó enviar el expediente al Juzgado Penal del Circuito Especializado de Descongestión de Extinción de Dominio reparto de Bogotá.


4. El conocimiento del asunto se asignó por reparto3 al Juzgado Segundo de dicha categoría y especialidad en esta ciudad autoridad que avocó conocimiento y surtió el trámite previsto en el artículo 11 de la Ley 793 de 2002, modificado por el artículo 79 de la Ley 1453 de 2011.


5. En auto del 24 de octubre del presente año, ese Despacho manifestó su incompetencia para emitir sentencia argumentando que la Ley 1708 de 2014, artículo 218, actualmente vigente, derogó las Leyes 793 y 785 de 2002, así como la Ley 1330 de 2009 y todas las que la modifiquen o adicionan y las que le son contrarias o incompatibles.


En consecuencia, advirtió que el artículo 217 del Código de Extinción de Dominio, estableció un régimen de transición “...

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