Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 69957 de 23 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 663862501

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 69957 de 23 de Noviembre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Laboral de Bogotá
Número de expedienteT 69957
Número de sentenciaSTL17445-2016
Fecha23 Noviembre 2016
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

JORGE LUIS QUIROZ ALEMÁN

Magistrado ponente


STL17445-2016

Radicación n.° 69957

Acta 44


Bogotá, D. C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).


La Sala resuelve la impugnación interpuesta por NURY ADRIANA CRUZ PÁEZ contra la decisión de 12 de octubre de 2016, proferida por la SALA DE DECISIÓN LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ D.C., dentro de la acción de tutela que la accionante promovió contra el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá D.C, trámite al que se vinculó al Centro de Servicios Administrativos de Paloquemao.


  1. ANTECEDENTES



NURY A.C.P. instauró acción de tutela con el propósito de obtener el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a la dignidad, al trabajo, y al «acceso a la promoción dentro de la carrera judicial», presuntamente vulnerados por el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá D.C.


Refirió la accionante que tiene su propiedad en el cargo de citadora adscrito al Juzgado Treinta y Siete Penal Municipal, pero en la actualidad se desempeña como escribiente en el mismo despacho.


Relató que, se presentó a la convocatoria Acuerdo N. º CSBTA 13-215, en el que concursó para el cargo de «escribiente de centro u oficina de servicios y/o equivalente grado nominado (Escribiente Circuito)».


Contó que mediante resolución CSBTR14-264 de 31 diciembre de 2014, publicaron los resultados del concurso de méritos, en el cual destacó que aprobó las pruebas de conocimiento, aptitudes y psicotécnica.


Narró que, a través de resolución CSBTR16-56 de 12 de mayo de 2016, le notificaron que quedo en el puesto 9 de la lista de elegibles para el cargo de escribiente, con un puntaje total de 635.76


Afirmó que, el 12 y 14 de septiembre de 2016, recibió físico y por vía electrónica las comunicaciones en donde le informaron que debía comparecer dentro de los 8 días siguientes al recibo de las misivas, ante el despacho de la Juez Coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao, para que manifestara «si acepta o no el nombramiento en propiedad en el cargo de ESCRBIENTE DE CENTRO DE SERVICIOS GRADO NOMINADO (cargo creado para la atención de pequeñas causas- Acuerdo No 4509 de 2008), para el cual fue nombrado mediante Resolución Nº 354 de fecha 9 de septiembre de 2016…»


Que el 15 de septiembre de 2016, se dirigió al despacho de la Juez Coordinadora del Centro de...

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