Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 88881 de 29 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 663866809

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº T 88881 de 29 de Noviembre de 2016

Sentido del falloCONFIRMA NIEGA TUTELA
Tribunal de OrigenTribunal Superior Sala Penal de Santa Marta
Número de expedienteT 88881
Número de sentenciaSTP17400-2016
Fecha29 Noviembre 2016
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - SEGUNDA INSTANCIA
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal



República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS



EUGENIO FERNÁNDEZ CARLIER

Magistrado ponente


STP17400-2016

Radicación nº 88881

(Aprobado en Acta n° 384)



Bogotá, D.C., veintinueve (29) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).



Se pronuncia la Sala acerca de la impugnación interpuesta por el apoderado del accionante A.S.C.H., contra la sentencia de tutela proferida el 6 de septiembre de 2016, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Marta, mediante la cual negó por improcedente el amparo de los derechos fundamentales a la libertad personal y al debido proceso, presuntamente vulnerados por el Juzgado 2° Penal del Circuito de Ciénaga (M..

A la actuación fue involucrado el Juzgado 2° Promiscuo Municipal de Ciénaga, la Fiscalía Primera Local de ese municipio, la URI de Santa Marta y los procesados Milton César Cervantes Sevilla y D.G.Z.M..



FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA


Acude al presente reclamo constitucional ALBEIRO SEGUNDO CORONADO HERNÁNDEZ, a través de apoderado, al considerar lesionados sus derechos fundamentales con la decisión de 17 de agosto de 2016, adoptada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ciénaga (M., a través de la cual revocó la ilegalidad de la captura decretada por el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de esa ciudad, para en su lugar, dejar vigente la orden de captura en su contra dentro del proceso penal que se le adelanta por el delito de extorsión.


Para sustentar su reclamo, refiere que tal determinación comporta una vía de hecho, al no tener en cuenta la situación fáctica al momento de la aprehensión, como lo fue la falta de inmediatez para llevarlo a disposición ante las autoridades respectivas, ni la falta de identificación que se presenta, lo cual repercute en una afectación a sus derechos fundamentales, cuando está vigente una orden de captura en su contra, a partir de un acto viciado de nulidad.


En consecuencia, solicita la protección constitucional, para que se revoque la orden de captura emitida en su contra, como consecuencia de la revocatoria de la ilegalidad de la captura decretada por el Juzgado Segundo Penal del Circuito de Ciénaga (M..



TRÁMITE EN PRIMERA INSTANCIA


Avocado el conocimiento de la acción, el Tribunal a quo ordenó correr traslado a los Juzgados accionados para que ejercieran el derecho de contradicción.


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