Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 45390 de 30 de Noviembre de 2016 - Jurisprudencia - VLEX 663867569

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº T 45390 de 30 de Noviembre de 2016

Sentido del falloNIEGA TUTELA
Número de sentenciaSTL17692-2016
Número de expedienteT 45390
Fecha30 Noviembre 2016
Tipo de procesoACCIÓN DE TUTELA - PRIMERA INSTANCIA
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social


GERARDO BOTERO ZULUAGA

Magistrado ponente


STL17692-2016

Radicación n.°45390

Acta No. 45



Bogotá, D.C., treinta (30) de noviembre de dos mil dieciséis (2016).



Procede la Corte a resolver en primera instancia, la acción de tutela instaurada por CARLOS ARMANDO CASTAÑO FORERO y O.A.R.C. contra la SALA CIVIL Y DE FAMILIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUNDINAMARCA y la SALA DE CASACION CIVIL DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, trámite al cual se ordenó vincular a la FISCALÍA 47 DE LA UNIDAD NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y DIH de la ciudad de Bogotá, al JUZGADO PENAL DEL CIRCUITO DE SONSÓN (ANTIOQUIA), y la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE ANTIOQUIA.


  1. ANTECEDENTES


Carlos Armando Cataño Forero y O.A.R.C., actuando en nombre propio, instauraron acción de tutela con el propósito de obtener el amparo del derecho fundamental a «la libertad» presuntamente vulnerado por las accionadas.


Refirieron que «la Fiscalía 47 de la UNDH y DIH de la ciudad de Bogotá, emitió Resolución de Acusación en contra nuestra el 18 de agosto de 2015, la cual quedó debidamente ejecutoriada el 28 de diciembre de 2015»; que repartido el proceso, correspondió el conocimiento al Juzgado Penal del Circuito de Sonsón; que se interpuso recurso de apelación contra la decisión que este adoptara, en la audiencia celebrada el 23 de mayo de la presente anualidad.


Señalaron que en virtud a que habían transcurrido los 180 días que la ley exige para la realización de la audiencia pública, presentaron solicitud de libertad por vencimiento de términos, el 11 de julio de 2016, ante el Juez Penal del Circuito de Sonsón, quien en cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal Superior de Antioquia – Sala Penal, el 22 de julio de este año, denegó la petición invocada, siendo confirmada tal decisión, por el tribunal citado, el 20 de septiembre del año cursante.


Consideraron que durante el trascurso del proceso penal que se adelanta en su contra, se han presentado diversas decisiones judiciales con defectos procedimentales y materiales, relacionados así:


«-Decisión de 22 de julio de 2016 del Juzgado 1 Penal Municipal de Sonsón, que niega en primera instancia solicitud de libertad por vencimiento de términos;

- Decisión de 20 de septiembre de 2016, emitida por parte del Tribunal Superior de Medellín, que confirma en segunda instancia la negativa de libertad;

- Decisión de 30 de septiembre y 3 de octubre de 2016, emitidas por la Sala Civil de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca, que niegan la solicitud de libertad en virtud del recurso de Habeas Corpus;

- Decisiones de 6 y 10 de octubre de 2016 emitidas por la Sala Civil de Familia de la Corte Suprema de Justicia, que confirman en segunda...

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