Auto de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 75347 de 22 de Febrero de 2017
Sentido del fallo | ACEPTA DESISTIMIENTO |
Tribunal de Origen | Tribunal Superior Sala Laboral de Cúcuta |
Número de expediente | 75347 |
Número de sentencia | AL1064-2017 |
Fecha | 22 Febrero 2017 |
Tipo de proceso | RECURSO DE QUEJA |
Emisor | SALA DE CASACIÓN LABORAL |
Materia | Derecho Laboral y Seguridad Social |
LUIS GABRIEL MIRANDA BUELVAS
Magistrado ponente
AL1064-2017
Radicación n.° 75347
Acta 06
Bogotá D.C., veintidós (22) de febrero de dos mil diecisiete (2017).
TERMOTASAJERO SA ESP vs. G.A.M.C..
Se pronuncia la Sala sobre la solicitud presentada por las partes, el 21 de septiembre de 2016.
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ANTECEDENTES
Por sentencia del 27 de enero de 2014, el Juzgado Primero Laboral de Cúcuta condenó a TERMOTASAJERO a la nivelación salarial del actor y a reliquidarle todos los pagos realizados desde el 14 de mayo de 2013, decisión que al ser apelada por la demandada, fue modificada por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta en sentencia del 15 de abril de 2015, para en su lugar, disponer que la referida nivelación salarial debía hacerse a partir del 16 de junio de 2010.
Contra dicha sentencia, la demandada interpuso recurso de casación, que no fue concedido por auto del 9 de diciembre de 2015, contra el que interpuso recurso de reposición y en subsidio la expedición de copias para surtir el recurso de queja.
Por auto de 12 de julio de 2016, el tribunal despachó desfavorablemente el recurso de reposición, y en su lugar, dispuso la expedición de copias para surtir el recurso de queja, que repartido en esta Corporación por acta del 2 de septiembre de 2016, pasó al Despacho para resolver.
Con nota secretarial del 27 de septiembre de 2016, visible a f.º 9, se puso en conocimiento del Despacho el memorial suscrito por el apoderado de la parte recurrente GERMÁN ALAN MALDONADO CÁRDENAS, coadyuvado por la apoderada de la parte opositora Termotasajero S.A., a través del cual manifiesta que desiste del recurso extraordinario de casación, teniendo en cuenta el contrato de transacción celebrado entre las partes, ante lo cual solicita la terminación anormal del proceso y el archivo de las diligencias…(Sic).
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CONSIDERACIONES
En el escrito al que hace referencia el informe secretarial atrás referenciado, suscrito por el demandante, su apoderado judicial y la apoderada de la demandada, no se desistió el recurso de casación. Se manifestó, sí, por el demandante, que desistía del proceso y que renunciaba expresamente a las pretensiones de su demanda, como consecuencia del contrato de transacción que suscribió con su contra parte, que acompañó, por lo que solicitaron la terminación anormal del proceso y el archivo de las...
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AUTO de Corte Suprema de Justicia - SALA DE CASACIÓN LABORAL nº 71434 del 06-12-2017
...pues en lo que concierne al proceso, compete al Tribunal de origen. Así se precisó recientemente al definirse un asunto similar (CSJ AL1064-2017). Con esa claridad, se aceptarán los desistimientos del recurso de queja respecto de los precitados accionantes, y acto seguido se ordenará la rem......