Sentencia de Sala civil, 28 de Enero de 2005 (caso Sentencia nº 019 de Corte Suprema de Justicia - Sala Civil, de 28 de Enero de 2005)
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Sentencia de Sala civil, 28 de Enero de 2005 (caso Sentencia nº 019 de Corte Suprema de Justicia - Sala Civil, de 28 de Enero de 2005)
CORTE SUPREMA DE JUSTICIASala de Casación Civil Magistrado Ponente: Manuel Isidro Ardila Velásquez Bogotá D. C., veintiocho (28) de enero de dos mil cinco (2005). Referencia: expediente 1992-3263-01 Decídese el recurso de casación que interpusieron el demandante y la sociedad demandada contra la sentencia de 27 de diciembre de 2000, dictada por la sala civil de descongestión del tribunal superior del distrito judicial de Bogotá, en el proceso ordinario de Alejandro Hernán Gutiérrez Prieto contra Luis Alejandro Prieto González y Flota La Macarena S.A., la que llamó en garantía a Seguros del Estado S.A.I.- Antecedentes En el libelo incoativo pidióse que, previa declaración de responsabilidad, fuesen condenados los demandados a pagar $300'000.000, ó lo establecido en el proceso, así como los intereses, corrección monetaria, e indemnización por perjuicios materiales y morales objetivados y subjetivados. Como hechos fueron narrados los siguientes: El 5 de octubre de 1989, en la carretera de Bogotá a Villavicencio se desplazaba el actor en el campero de placas CRA 207, conducido por el codemandado Prieto González, quien colisionó de frente con un bus de Flota La Macarena S.A. de placas SE-5644 entre Chipaque y Cáqueza, por culpa del vehículo de servicio público que venía en dirección opuesta, en contravía y tratando de sobrepasar a un camión en curva. Alejandro Hernán sufrió lesiones en la cadera y pierna derecha, que según el último dictamen del Instituto de Medicina Legal le ocasionaron noventa (90) días de incapacidad provisional, y secuelas permanentes de deformidad física y perturbación funcional del órgano de locomoción por acortamiento de la pierna. Fue sometido a cirugía ortopédica en la Clínica de Marly, donde le implantaron un platino con doce tornillos por quiebre del cuello de la cabeza del fémur, por un valor de $3'000.000, además de requerir nuevo tratamiento quirúrgico. Estuvo más de seis meses sin moverse ni laborar como abogado en las oficinas que tenía en Bogotá y Puerto Boyacá, acreditadas durante diez años, las que abrió l...
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