Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala Plena nº de 11 de Junio de 1998 - Jurisprudencia - VLEX 44219872

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala Plena nº de 11 de Junio de 1998

Fecha11 Junio 1998
Número de expediente11-001-02-30-019-1998-0204-00
EmisorSALA PLENA
MateriaDerecho Procesal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA PLENA

Magistrado Ponente:

Dr. J.S.B.

REF: Exp. No. 11-001-02-30-019-1998-0204-00

Aprobado Acta Nº 13

Nº 237

Santafé de Bogotá, D.C., once (11) de junio de mil novecientos noventa y ocho (1998).-

El Consejo Seccional de la Judicatura del Tolima, mediante providencia de 5 de mayo del presente año, dispuso remitir a la Sala Plena de esta Corporación la actuación de carácter penal adelantada contra J.L.C., por considerarla competente para resolver el conflicto suscitado entre la Fiscalía 34 Delegada ante los Jueces Penales de Circuito del Guamo y el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de S., (Tolima), de conformidad con lo dispuesto por el artículo 17 numeral 3º de la Ley 270 de 1996 (Estatutaria de la Administración de Justicia).

ANTECEDENTES
  1. Mediante informe policial de 15 de septiembre de 1997 se dejó a disposición del Juzgado Promiscuo Municipal de Reparto de S. a J.L.C. a quien se le acusa de estafa por valor de $14.000.000.00. En conocimiento del Juzgado Primero Promiscuo Municipal de S. por auto de 15 de septiembre de 1997 (folio 4), procedió a remitir las diligencias por competencia a la Unidad de F.S. como quiera que la cuantía de los hechos superaban los 50 salarios mínimos legales mensuales.

  2. La actuación correspondió a la Fiscalía Seccional 34 del Guamo, que avocó el conocimiento del asunto y escuchó en declaración al ofendido, quien manifestó que fue informado por parte de un conocido suyo que había un comprador para la máquina agrícola cosechadora de arroz que estaba vendiendo, por lo que salió en busca del posible cliente quien dijo llamarse J., con quien se tomó unas cervezas y estableció los términos de la negociación la cual se iba a realizar por $24.000.000.00 que serían pagados en dinero efectivo y dos cheques de siete millones; la máquina sería retirada una vez estos resultaran efectivos. Una vez revisado el aparato e inventariada la herramienta, volvieron a la tienda, le dio la chequera para que hiciera los cheques que L.C. firmó. Más tarde le pidió prestado $200.000.00 para luego bajar el monto a $100.000.00 y así hasta llegar a $10.000.00 pesos para después retirarse del establecimiento, sin suma alguna. P. sospechoso el comportamiento del implicado, un policía de civil que se encontraba allí lo siguió y lo capturó con refuerzos que solicitó.

  3. Por auto de 19 de septiembre de 1997 la Fiscalía se separó del conocimiento de la actuación...

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