Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Julio de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 44002114

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 6 de Julio de 2006

Número de expediente25649
Fecha06 Julio 2006
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso No 25649

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE

Á.O.P.P.

Aprobado: Acta No. 63

Bogotá, D.C., seis (06) de julio del dos mil seis (2006).

MOTIVO DE DECISIÓN

Mediante sentencia del 31 de octubre del 2005, el Juzgado 20 Penal Municipal de Medellín absolvió al señor Ó. de J.R.A. de los cargos que por la conducta punible de inasistencia alimentaria le había formulado la fiscalía.

El fallo fue recurrido por la apoderada de la parte civil.

El 15 de marzo del 2006, el Juzgado 12 Penal del Circuito de la misma ciudad lo revocó. En su lugar, declaró al procesado penalmente responsable de ese delito. Le impuso 24 meses de prisión y de interdicción de derechos y funciones públicas, 15 salarios mínimos legales mensuales vigentes de multa, la obligación de indemnizar los perjuicios causados con la conducta y le concedió la condena condicional.

El procesado acudió a la casación discrecional, que fue concedida.

La Sala se pronuncia sobre los presupuestos lógicos y formales de la demanda presentada por el mismo, en su condición de abogado titulado en ejercicio.

HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL

  1. Los abogados M.C.V. y Ómar de J.R.A. contrajeron matrimonio civil el 11 de octubre de 1991, vínculo que fue declarado nulo mediante sentencia del 27 de febrero del 2004, por la existencia de un enlace anterior vigente, contraído por R.A. el 30 de julio de 1977.

    De aquella unión, los días 29 de marzo de 1992, 15 de marzo de 1993 y 20 de marzo de 1999, nacieron S., L.E. y S.R.C..

    El 6 de noviembre del 2001, el Juez 9° de Familia de Medellín decretó el divorcio. En el literal cuarto de la parte resolutiva dispuso:

    Cada cónyuge aportará para los alimentos de sus hijos, la suma de UN MILLÓN DE PESOS ($ 1"000.000.00) mensuales, dinero que se incrementará en la proporción legal que se indique como alza al Índice de Precios al Consumidor, estos dineros serán asegurados en una cuenta especial que determinen los cónyuges. Los alimentos, el capital, será administrado por la señora MARILUZ CUADROS VERA.

    En los fundamentos de la providencia hizo similar señalamiento, y agregó:

    El padre, ÓMAR RESTREPO ARREDONDO entregará a la cónyuge, M.C.V., la suma de cuarenta y cinco millones de pesos ($ 45"000.000.00), que en la actualidad están produciendo una rentabilidad mensual de un millón cuatrocientos mil pesos, suma que debe abonarse mensualmente como pago de alimentos, quedando un saldo a favor de cuatrocientos mil pesos...

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