Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 16 de Mayo de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 43770882

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 16 de Mayo de 2007

MateriaDerecho Penal
Fecha16 Mayo 2007
Número de expediente27236

Proceso No 27236

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS

Aprobado acta N° 073

Bogotá, D.C., dieciséis (16) de mayo de dos mil siete (2007)

V I S T O S

Resuelve la Corte lo que en derecho corresponda respecto de la posibilidad o no de dar trámite al recurso extraordinario de casación, interpuesto por el apoderado de la parte civil dentro del proceso que se adelanta contra F.M.G..

A N T E C E D E N T E S
  1. Los hechos que originaron el presente diligenciamiento fueron sintetizados por el juzgador de segunda instancia, de la siguiente manera:

    "El 28 de mayo de 1997 concurrió a denunciar la señora AURA VALENCIA la presunta comisión por parte del señor FROILÁN MONTILLA GUERRERO de varias conductas delictivas, al haber éste presentado ante la autoridad judicial para cobro ejecutivo, dos letras de cambio por valores de $1.260.000 y $890.000, que ella simplemente firmó para respaldar el pago de unos intereses adeudados sobre hipoteca de mayor valor y, no como nuevo préstamo de mutuo, intereses que, además, ya había SINDO liquidados y cancelados dentro del proceso ejecutivo hipotecario que se adelantó y que terminó con el remate del bien inmueble ofrecido en garantía. Al haber obtenido con los títulos cancelados nuevo mandamiento de pago y sentencia del despacho judicial ordenando entregarle también al señor MONTILLA GUERRERO los remanentes que le quedaban del remate de su casa, conllevó a que el juzgador profiriera una decisión contraria a la ley, constitutiva del fraude procesal".

  2. Agotado el ciclo investigativo, la Fiscalía 06-002 Seccional de Popayán, el 19 de octubre de 2001, calificó el mérito del sumario con resolución de acusación en contra de F.M.G. por el delito de fraude procesal que preveía el artículo 182 del Decreto 100 de 1980 y por la contravención especial de estafa, decisión que cobró ejecutoria el 28 de noviembre de dicho año.

  3. La etapa del juicio la tramitó el Juzgado Tercero Penal del Circuito de Popayán, despacho que el 19 de febrero de 2003 dictó sentencia de primera instancia, a través de la cual condenó a F.M.G. a la pena principal de 12 meses de prisión, a la accesoria de rigor y al pago de los perjuicios, como autor del delito de fraude procesal. Del mismo modo, declaró la prescripción de la acción contravencional de estafa y le concedió la suspensión condicional de la ejecución de...

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