Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 18 de Noviembre de 2004 - Jurisprudencia - VLEX 44107774

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 18 de Noviembre de 2004

Fecha18 Noviembre 2004
Número de expediente20857
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso No 20857

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL Magistrado Ponente

Dr. EDGAR LOMBANA TRUJILLO

Aprobado Acta No. 104 B.D.C., dieciocho (18) de noviembre de dos mil cuatro (2004).VISTOS Concluido el juicio que adelantó por cuatro causas acumuladas, mediante sentencia del 7 de noviembre de 2000, el Juzgado Promiscuo del Circuito de El Bagre (Antioquia) adoptó las siguientes determinaciones:

Condenó a S.H.T. a la pena de doce (12) años de prisión por los delitos de peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, en concurso; al pago de multa por valor de $ 30.000.000, e interdicción de derechos y funciones públicas por diez (10) años.

Condenó a R.E.M.V. a la pena de diez (10) años de prisión por los delitos de peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, en concurso; al pago de multa por valor de $ 25.000.000, e interdicción de derechos y funciones públicas por nueve (9) años.

Condenó a R.C.J. a la pena de ocho (8) años más seis (6) meses de prisión por los delitos de peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, en concurso; al pago de multa por valor de $ 15.000.000, e interdicción de derechos y funciones públicas por igual lapso que la sanción restrictiva de la libertad.

Condenó a F.J.U.V. a la pena de cinco (5) años de prisión por los delitos de peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, en concurso; al pago de multa por valor de $ 5.000.000, e interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo término que la pena de prisión.

Condenó a C.J.N.S. a la pena principal de cuatro (4) años de prisión como cómplice de peculado por apropiación y autor de falsedad ideológica en documento público, en concurso; al pago de multa por valor de $ 6.000.000, e interdicción de derechos y funciones públicas por cuatro (4) años.

Condenó a M.E.F.C. a la pena principal de veinticinco (25) meses de prisión como cómplice de peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, en concurso; al pago de multa por valor de $ 4.000.000, e interdicción de derechos y funciones públicas por el mismo tiempo de la sanción privativa de la libertad.

Condenó a los antes mencionados al pago de los perjuicios causados con las infracciones, excepto a F.J.U.V. y CARLOS JULIO NAVARRO SAJONERO.

Negó a los procesados el subrogado de la condena de ejecución condicional, salvo en el caso de M.E.F.C., a quien lo concedió bajo caución prendaria.

Finalmente, absolvió de todo cargo a O.P.P. y a J.P.C..

Al desatar la apelación interpuesta por los defensores de los condenados, en fallo del 16 de julio de 2002, el Tribunal Superior de Antioquia confirmó la sentencia de primer grado, con las siguientes modificaciones:

Redujo la sanción a C.J.N.S., quien quedó condenado a la pena principal de tres (3) años de prisión, y al mismo lapso disminuyó la interdicción de derechos y funciones públicas.

Declaró improcedente la prisión domiciliaria como sustitutiva de la prisión carcelaria respecto de los procesados SALVADOR H.T., R.E.M.V., R.C.J., C.J.N.S. y M.E.F.C..

En esta oportunidad la Sala de Casación Penal resuelve de fondo sobre el recurso extraordinario interpuesto en forma independiente por los defensores de S.H.T., F.J.U.V. y CARLOS JULIO NAVARRO SAJONERO.HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL RELEVANTE El Personero Municipal de El Bagre (Antioquia) denunció ante la Contraloría Departamental y ante la Fiscalía General de la Nación al alcalde SALVADOR H.T., elegido para el periodo constitucional que va del 1° de enero de 1998 al 31 de diciembre de 2000, y a varios empleados y contratistas, por irregularidades cometidas con ocasión de plurales contratos administrativos utilizados como medio para apoderarse de recursos públicos.

Debido a que las circunstancias específicas no coincidían para todos los contratos, las investigaciones se realizaron separadamente, de modo que se profirieron cuatro resoluciones de acusación, y sólo en la etapa de la causa se produjo la acumulación.

La actuación más destacada de cada "causa" será resumida en el orden como fueron abordadas en el fallo. PRIMERA CAUSA

1. El Personero Municipal de El Bagre (Antioquia) denunció que el 1° de enero de 1998, primer día de su mandato, el alcalde de esa localidad suscribió quince contratos de prestación de servicios, "en diez de ellos, no firman los supuestos contratistas, y en ninguno aparecen los elementos que los caractericen, con la designación de los contratistas, y como si fuera poco, los datos personales de éstos no aparecen en al Registraduría Nacional de Estado Civil[1]".

Por tal concepto el municipio canceló la suma de $ 25.998.100, sin recibir ninguna contraprestación a cambio, pues los contratistas ni siquiera existen y los documentos aportados para su identificación son falsos.

2. La Fiscalía 46 Seccional adscrita la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de Antioquia definió la situación jurídica provisionalmente, con resolución del 16 de julio de 1999, profiriendo medida de aseguramiento consistente en detención preventiva sin excarcelación contra SALVADOR HERNÁNDEZ TERÁN (alcalde) y R.E.M.V. (tesorero municipal), por los delitos de peculado por apropiación y falsedad material de empleado oficial en documento público. (F. 356 cdno. 4)

3. La misma Fiscalía instructora calificó el mérito del sumario, el 19 de enero de 2000, con resolución de acusación contra S.H.T. y R.E.M.V. por los delitos peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, en concurso (F. 748 cdno. 4)

El defensor de H.T. apeló la resolución acusatoria, pero fue confirmada el 7 de marzo de 2000 por la Unidad de F.D. ante el Tribunal Superior de Cundinamarca. (F. 798 cdno. 4) SEGUNDA CAUSA

1. El 2 de enero de 1998, el alcalde del municipio de El Bagre (Antioquia), suscribió un contrato de prestación de servicios con la contadora M.E.F.C., cuyo objeto era asesorar en cuestiones de Tesorería, por un valor total de $ 9.000.000.

El precio fue pagado, aunque la asesoría nunca se brindó, ya que era innecesaria, "puesto que el objeto del contrato...correspondía exactamente a las actividades que desarrollaban los empleados de la Tesorería conforme al Manual de Funciones"[2].

2. Después de vincularlos mediante indagatoria, la Fiscalía 55 Seccional de la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de Antioquia, el 28 de septiembre de 1999 resolvió la situación jurídica provisionalmente, imponiendo medida de aseguramiento consistente en detención preventiva, por los delitos de peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, en calidad de coautores, a los procesados SALVADOR HERNÁNDEZ TERÁN (Alcalde), R.E.M.V. (Tesorero), R.C.J. (Secretario de Hacienda) y M.E.F.C. (contratista). (Folio 170 Cdno. 1)

Se concedió detención domiciliaria a los implicados.

3. Al calificar el mérito del sumario, el 31 de diciembre de 1999, la Fiscalía 55 Seccional de Antioquia profirió resolución de acusación contra los mismos implicados en calidad de coautores de peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público. (F. 560 cdno. 1)

El defensor de M.E.F.C. interpuso el recurso de apelación y, al resolverlo, la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior de Antioquia, con proveído del 28 de febrero de 2000, confirmó la acusación, aclarando que ella intervino en calidad de cómplice y no como coautora. (F. 612 cdno. 1) TERCERA CAUSA

1. Con fecha 1° de marzo de 1998, el alcalde municipal de El Bagre (Antioquia) suscribió un contrato de prestación de servicios con la empresa "Asesoría y Suministros Municipales", cuyo objeto consistía en "Prestación de servicios con los funcionarios y Secretario de Hacienda a cerca de la implementación al manejo y puesta en marcha de la reestructuración administrativa y gerencial del municipio de El Bagre".

Por dicho contrato se pagaron $ 15.000.000, aunque en el convenio no se estipuló valor alguno, ni existe firma del funcionario responsable en certificado de disponibilidad presupuestal, ni se suscribió la orden de pago, "lo que evidencia que la creación del documento se hizo con el exclusivo propósito de apropiarse de la cuantiosa suma ya conocida."[3]

2. Por medio de resolución del 21 de septiembre de 1999, la Fiscalía 55 Seccional adscrita a la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de Antioquia, impuso medida de aseguramiento consistente en detención preventiva sin excarcelación, por los delitos de peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público, en calidad de coautores, a los procesados SALVADOR HERNÁNDEZ TERÁN (Alcalde), R.E.M.V. (Tesorero) y RUPERTO CERPA JARRÓN (Secretario de Hacienda). (F. 206 cdno. 6)

3. El mérito del sumario fue calificado el 8 de mayo de 2000, con resolución de acusación dictada por la Fiscalía instructora contra los tres implicados, a quienes se elevó cargos por el concurso conformado por peculado por apropiación y falsedad ideológica en documento público. (F. 329 cdno. 6)

Aquella decisión quedó en firme sin que en su contra se hubiesen interpuesto los recursos ordinarios. CUARTA CAUSA

1. El alcalde del municipio de El Bagre (Antioquia) suscribió el contrato No. 039 del 8 de julio de 1998, por valor de $ 50.000.000, para la construcción de alcantarillado en el barrio L., obra proyectada con anterioridad.

Se hizo aparecer como contratista a L.F.Q.R., "persona ficticia, ajena al negocio, pero C.J.N.S., utilizó su nombre y suplantó su firma, cobrando los dineros de anticipo de las obras, por $ 25.000.000.oo, mediante endoso", y le fue pagada la suma de $ 32.438.068.oo.

Se trata de un contrato simulado, que se elaboró con base en documentación falsa relativa a los proponentes, a la iniciación y al recibo de las obras, las cuales nunca se ejecutaron, contrario a lo afirmado por el interventor F.J.U.V..

2. La Fiscalía 108 Seccional adscrita a la Unidad de Delitos contra la Administración Pública de Antioquia definió la...

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