Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Mayo de 2007 - Jurisprudencia - VLEX 43770912

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Mayo de 2007

Número de expediente26547
Fecha23 Mayo 2007
MateriaDerecho Penal

Proceso No 26547

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS

Aprobado acta N° 078

Bogotá, D.C., veintitrés (23) de mayo de dos mil siete (2007).

V I S T O S

Corresponde a la Corte conceptuar sobre la solicitud de extradición del ciudadano colombiano H.O.J., elevada por el Gobierno de los Estados Unidos de América.

L A S O L I C I T U D

El Gobierno de los Estados Unidos de América, mediante Nota Verbal número 2979 del 17 de noviembre de 2006, solicita la extradición del ciudadano colombiano H.O.J., a quien requiere con el fin de que comparezca en juicio por delitos federales de narcóticos y lavado de dinero, conforme a la acusación N° 06-20344CR- HUCK, dictada el 6 de junio de 2006, por el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos, Distrito Sur de Florida.

1. La acusación dictada en contra del solicitado.

1.1. El Gran Jurado Federal con asiento en el Distrito Sur de Florida, el 6 de junio de 2006, dictó la acusación N° 06- 20344CR-HUCK a través de la cual formuló en contra del solicitado en extradición, ciudadano colombiano H.O.J., los siguientes cargos:

"CARGO 1

"Aproximadamente desde Junio del 2004, y continuando hasta aproximadamente Octubre del 2005, siendo las fechas exactas desconocidas para el Gran Jurado, en el Condado del Miami- Dade, el Distrito Sur de la Florida, y en otros lugares, los acusados, " H.O.J. a sabiendas e intencionalmente se unieron, aliaron, confabularon, y acordaron entre sí y con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para importar a los Estados Unidos desde un lugar fuera del mismo, una sustancia controlada, en violación del Capítulo 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 952(a); todo lo anterior en violación del Capítulo 21 Código de los Estados Unidos, Sección 963.

De conformidad con el Capítulo 21 del Código de los Estados Unidos, Sección 960(b)(1)(B), se alega además que la presente violación comprendía cinco (5) Kilogramos o más de una mezcla y sustancia conteniendo una cantidad detectable de cocaína.

"CARGO 2

" Aproximadamente desde junio del 2004, y continuando hasta aproximadamente octubre del 2005, siendo las fechas exactas desconocidas para el Gran Jurado, en el Condado de Miami- Dade en el Distrito Sur de la Florida, y otros lugares, los acusados, " H.O.J. , " intencionalmente, es decir, con la intención específica de llevar a cabo el propósito ilegal, y a sabiendas, se unieron, aliaron, confabularon, y acordaron entre sí y con otras personas conocidas y desconocidas por el Gran Jurado, para cometer delitos en contra de los Estados Unidos, Sección 1956, es decir, a sabiendas transportar, transmitir y transferir un instrumento monetario y fondos a un lugar en los Estados Unidos de y a través de un lugar fuera de los Estados Unidos con la intención de promover la perpetración de actividades ilegales especificadas, en violación del Capítulo 18 del Código de los Estados Unidos, Sección 1956(a)(2)(A).

Se alega asimismo que la actividad ilegal especificada a la que se refiere el párrafo anterior es la compra, venta, recepción, importación, ocultación y de cualquier otra manera la negociación con una sustancia controlada, sancionable bajo las leyes de los Estados Unidos.

Todo lo anterior en violación del capítulo 18 del Código de los Estados Unidos, Sección 1956 (h).

1.2. Los acontecimientos fácticos objeto de investigación e imputación de los citados cargos formulados en su contra, motivo de la solicitud de extradición, son los siguientes:

"Los hechos del caso indican que J.H.R.R. "H.O.J., y ", participaron en un concierto para importar cientos de kilogramos de cocaína a los Estados Unidos desde Colombia. J.H.R.-Rojas era uno de los organizadores de esta organización. En agosto de 2004, la División Antinarcóticos de la Policía Nacional de Colombia inició una investigación encaminada a descubrir las supuestas actividades de tráfico de narcóticos de J.H.R.-R. y otros individuos responsables de transportar cantidades múltiples de kilogramos de cocaína en vuelos de carga a los Estados Unidos y a Europa. Durante dicho período de tiempo, la Policía Nacional inició interceptaciones autorizadas legalmente a teléfonos utilizados por miembros de la organización de Ricardo- Rojas. Todos los acusados mencionados en este caso fueron interceptados durante el curso de las interceptaciones legales realizadas por la Policía Nacional cuando discutían actividades de tráfico de narcóticos y/o de lavado de dinero.

"En septiembre de 2004, un facsímil fue enviado a Ricardo-Rojas con detalles de rutas propuestas para el paso del contrabando de narcóticos, incluyendo números de vuelo y paradas programadas. R.-R., O.-M. y otras personas fueron escuchados el mismo día durante llamadas interceptadas legalmente, discutiendo detalles de rutas de importación. Los números de vuelo y rutas que les fueron escuchados durante las interceptaciones legales, concordaron con aquellos de los vuelos de carga programados durante dicho periodo de tiempo.

"El 7 de octubre de 2004, la oficina Federal de Investigaciones (FBI), incautó 20 kilogramos de cocaína, los cuales habían sido enviados por dos co-asociados no nombrados. Un acusado que coopera en el caso para el FBI identificó la residencia de P.P. como el lugar desde donde fueron recogidos los 20 kilogramos de cocaína y enviados a la transacción en la cual fueron incautados. Luego de la incautación, la Policía Nacional interceptó legalmente conversaciones telefónicas que involucraban a R.-R. discutiendo sobre la incautación y sobre quién sería el responsable de la pérdida"

"" El 14 de febrero de 2005, luego de la incautación de los 10 kilogramos y del arresto de P., B. y H.-R., la Policía Nacional realizó la vigilancia de una reuniones entre R.-R., O.M., N.C., O.J. y otros. Estos individuos viajaron desde Bogotá a Cúcuta, que está cerca de la frontera entre Colombia y Venezuela. La vigilancia estuvo documentada con fotografías de la reunión de dichos individuos. Se cree que se precipitó dicha reunión en parte por la incautación de los 10 kilogramos en Miami.

"Ortiz-Jaimes proporcionaba servicios de lavado de dinero a la organización de Ricardo- Rojas a través de negocios de cambio de moneda que él operaba en Cúcuta, Colombia. O.-J. fue interceptado legalmente hablando con otros miembros de la organización de R. "Rojas, incluyendo a O.-M., y discutiendo envíos de cocaína y actividades de lavado de dinero"

""En octubre de 2005, las autoridades colombianas tuvieron preocupación de que la información que provenía de la investigación colombiana realizada mediante interceptaciones telefónicas a la organización de Ricardo- Rojas estaba siendo filtrada. Como resultado de esta preocupación de seguridad, el 21 de octubre de 2005, autoridades colombianas de la fuerzas del orden capturaron a J.H.R.-Rojas, D.V.-Zambrano, J.C.O.-Mateus, R.N.-C., F.A.D.V., J.H.G., H.O.J. y Uwe Wagener-Silva. Ellos fueron acusados de violaciones locales de narcóticos y de lavado de dinero.

"Luego de las capturas arriba descritas, la Policía Nacional realizó allanamiento a las residencias de los acusados. Wagener-Silva era un lavador de dinero para la organización de R.R. con residencias en Colombia y en la Florida. Durante el allanamiento de la residencia de W.S. en Colombia, la Policía Nacional recuperó documentos financieros, específicamente recibos que totalizaban aproximadamente US $500.000 dólares de transferencias cablegráficas algunas de las cuales estaban relacionadas con una investigación de la DEA. Esa investigación involucró una operación de recolección de dinero adelantada por la DEA en enero de 2005. Durante dicha investigación, la DEA en la ciudad de Nueva York recibió aproximadamente un millón de dólares en efectivo en una operación encubierta. Después de realizar las transferencias cablegráficas de este dinero, por solicitud del lavador de dinero, los agentes enviaron por fax copias de los recibos a una persona en Colombia. Algunos de estos recibos fueron recuperados en la residencia de W.S. en Colombia, W.S. fue también escuchado en conversaciones interceptadas legalmente, hablando con O.M. y con otras personas, discutiendo cargamentos específicos y otros detalles de cargamentos de cocaína enviados por la organización Ricardo-Rojas."

2. Los documentos allegados

La documentación remitida por el Gobierno de los Estados Unidos de América que sustenta la solicitud de extradición del ciudadano colombiano H.O.J., es la siguiente:

2.1. Copia de la acusación sustitutiva número 06-20344-CR-HUCK proferida el 6 de junio de 2006 por el Tribunal de Distrito Sur de Florida, en contra de H.O.J..

2.2. Copia de las declaraciones juradas de J.A.C., Fiscal Adjunto de los Estados Unidos para el Distrito Sur de la Florida, y de B.W., Agente Especial de Administración Antinarcóticos de los Estados Unidos (DEA), las que respaldan la acusación contra H.O.J..

El F. J.A.C., en su declaración explica los alcances jurídicos de la acusación, hace una descripción y vigencia de los tipos penales imputados y realiza una síntesis de los hechos, de la actuación procesal y de los cargos atribuidos al solicitado en extradición.

A su vez, el Agente Especial B.W. relata, de manera detallada, los hechos objeto de investigación y juzgamiento ante el citado Tribunal y la participación en los mismos por parte del requerido en extradición, respecto de quien suministra la información necesaria sobre su identidad.

2.3. Copia del texto de las disposiciones del Código de los Estados Unidos que se afirman fueron violadas por el solicitado en extradición y que se encontraban vigentes para la época de los hechos.

2.4. Por último, se allegó copia de la orden de captura dictada en contra del requerido en extradición.

3. En la Nota Verbal 2979 del 17 de noviembre de 2006, mediante la cual se formalizó la solicitud de extradición, se informó que H.O.J., "es ciudadano de Colombia, nacido el 7 de septiembre de 1940, en...

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