Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Enero de 2002
Fecha | 24 Enero 2002 |
Número de expediente | 18715 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
Proceso No 18715
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado ponente:
N.P.P.
Aprobado acta N° 06
Bogotá, D.C., enero veinticuatro (24) de dos mil dos (2002).
ASUNTO
Procede la Corte a emitir concepto sobre la extradición del ciudadano español CÉSAR SEVILLA LÓPEZ, solicitada por el Gobierno de España a través de la Embajada en Colombia.ANTECEDENTESLa detención en el aeropuerto de Barajas de J.L.Z., a su arribo en un vuelo procedente de Bogotá el 7 de agosto de 1996 portando un alijo de 1.007 gramos de cocaína camuflado en latas de cerveza, permitió a la Policía Española establecer que había sido patrocinado por A.M.E.R., quien posteriormente falleció en un accidente de tránsito, dejando en su apartamento de la calle A. de Madrid una cuantiosa suma de dinero que se apropiaron sus socios y colaboradores en el negocio ilícito, siendo uno de ellos CÉSAR SEVILLA LÓPEZ.
Adelantada la investigación respectiva, el 29 de febrero de 2000 el Juzgado de Instrucción No. 9 de Madrid (España) decretó su procesamiento por hechos constitutivos de la conducta prevista en el artículo 301 del Código Penal Español "subtipo agravado del párrafo segundo", así mismo le fue impuesta medida cautelar de prisión provisional (auto de junio 14 de 2000) y como su paradero era incierto, lo declaró en rebeldía el 22 de enero de 2001.
La orden de detención internacional sirvió para que el 19 de abril de 2001 la Interpol reportara la presencia de CÉSAR SEVILLA LÓPEZ en Colombia, de inmediato las autoridades judiciales españolas iniciaron el trámite para solicitud de extradición, con fundamento en la Convención de Naciones Unidas Contra el Tráfico de Sustancias Estupefacientes, propuesta al Gobierno de España por el Juzgado de Instrucción No. 9 mediante auto de mayo 7 de 2001.
A través de nota verbal No. 182 de mayo 3 de 2001 la Embajada de España, invocando el artículo 13 del Convenio de Extradición suscrito con Colombia, solicitó por intermedio del Ministerio de Relaciones Exteriores la detención preventiva con fines de extradición de SEVILLA LÓPEZ. Previo trámite de la solicitud por parte de los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Justicia y del Derecho, el F. General de la Nación impartió el 20 de junio de 2001 la orden de captura, que hizo efectiva el Departamento Administrativo de Seguridad D.A.S. el 3 de julio siguiente.
Con base en el resultado de la petición inicial, la Embajada de España mediante nota verbal No. 351 de agosto 23 de 2001 solicitó formalmente al Gobierno de Colombia la extradición del capturado y aportó los autos de febrero 29 de 2000, junio 14 de 2000, enero 22 de 2001 y mayo 7 de 2001, proferidos por el Juzgado de Instrucción No. 9 de Madrid (España) dentro del proceso penal que adelanta en contra de SEVILLA LÓPEZ, y la hoja de identificación dactilar del Servicio de Policía Judicial.
El Ministerio de Relaciones Exteriores envió la solicitud...
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