Sentencia de Sala laboral, 10 de Septiembre de 2001 (caso Sentencia nº 16156 de Corte Suprema de Justicia - Sala Laboral, de 10 de Septiembre de 2001)
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Sentencia de Sala laboral, 10 de Septiembre de 2001 (caso Sentencia nº 16156 de Corte Suprema de Justicia - Sala Laboral, de 10 de Septiembre de 2001)
SALA DE CASACION LABORALRadicación No. 16156Acta No.43Magistrado Ponente: LUIS GONZALO TORO CORREABogotá, D.C., diez (10) de septiembre de dos mil uno (2001).Decide la Corte el recurso de casación interpuesto por el apoderado de HUMBERTO MANTILLA MANTILLA contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, D.C., el 28 de noviembre de 2000, en el juicio que le sigue al INSTITUTO NACIONAL DE VIAS.ANTECEDENTESHUMBERTO MANTILLA MANTILLA llamó a juicio ordinario laboral al INSTITUTO NACIONAL DE VIAS, para que se declare que es ineficaz y no produce ningún efecto jurídico el párrafo 5º de la cláusula decimatercera de la convención colectiva de trabajo firmada el 30 de marzo de 1984, cuyo texto es: "La presente pensión, será usufructuada por el trabajador y reconocida y pagada por el Ministerio hasta el momento mismo en que el trabajador cumpla la edad requerida por la Caja Nacional de Previsión Social para el reconocimiento de la pensión vitalicia de jubilación y cuatro (4) meses más"; que se declare que la pensión de jubilación concedida al actor por el Instituto Nacional de Vías es de carácter vitalicio y compartida con la pensión de jubilación que le otorgó Cajanal, correspondiéndole al citado Instituto satisfacer el mayor valor que tuviere la pensión convencional con la otorgada por la Caja; que se condene al pago, en forma indexada y con los aumentos legales, el mayor valor pensional que corresponda ...
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