Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Septiembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 250459014

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Septiembre de 2010

Fecha15 Septiembre 2010
Número de expediente28835
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

Proceso n.º 28835

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Aprobado acta N.. 293

Bogotá, D.C., quince (15) de septiembre de dos mil diez (2010).-

Objeto de la Decisión:

Siguiendo el rito procesal comprendido en la Ley 600 de 2000 y finalizada la diligencia de audiencia pública, la Sala de Casación Penal profiere sentencia dentro del juicio adelantado contra el ex representante M.Á.R.S., acusado como autor del delito de concierto para delinquir agravado.Hechos Probados:

  1. Desde el año 1996 en los departamentos del norte colombiano, entre otros, Córdoba, S., M., C. y para el caso que ocupa ahora la atención de la Sala, Bolívar, actuaron grupos armados al margen de la ley que se unieron inicialmente bajo la denominación de "Autodefensas" con independencia federal o regional y con dirigentes relativamente autónomos, que posteriormente se convirtieron en "Autodefensas Unidas de Colombia", AUC, lideradas por la llamada "Casa Castaño", que bajo el pretexto de la lucha antisubversiva, se involucraron en la región y en connivencia con no pocas autoridades de todo orden, perpetraron toda clase de delitos, algunos de estos de lesa humanidad.

  2. En desarrollo de dichas actividades ilícitas, y con la finalidad de relacionarse con la clase dirigente regional y local, efectuaron diversas reuniones en el año 1998, en el Nudo de Paramillo y el municipio de Tierralta (Córdoba), a las cuales acudieron líderes políticos como G.M., A.E. y M.R.S., en donde trataron temas relacionados con la política de la región y la nueva forma en que ésta sería regulada por los paramilitares.

  3. El 29 de septiembre de 1999 un grupo paramilitar al mando de alias "Mañe Agonía" y F.G.G., quien señaló como determinador de esos hechos a M.Á.R.S., incendiaron las instalaciones del palacio municipal de P. y destruyeron la documentación que allí se encontraba y hurtaron otros elementos.

  4. Las relaciones con las autodefensas allí iniciadas por parte de R.S., continuaron su curso y fue así como posteriormente, para el año 2001, el acusado nuevamente sostuvo un encuentro con miembros de dicha agrupación, tales como "E.B." y otros, en un sitio público denominado Chambacú en Caucasia, en donde también se trataron diversos temas políticos, entre otros, el relacionado con su aspiración al Congreso.

  5. Prosiguiendo con ello, en el año 2002, R.S. se reunió en el estadero Chayos ubicado en Magangué con líderes políticos de las autodefensas del Bloque Central Bolívar, entre otros, R.M., alias "M.C." y R.H.R.T., alias "H.", para tratar temas específicos relacionados con la campaña a la Cámara de Representantes y su ingreso a la misma, una vez renunciara a la curul el representante A.L.C., quien a cambio de su renuncia, sería inmediatamente apoyado para la Gobernación del departamento.

  6. Al año siguiente, es decir, el 1º de abril de 2003, recién posesionado en la curul de R. a la Cámara por la circunscripción territorial del departamento de Bolívar, que había dejado vacante su titular A.L.C., el acusado M.Á.R.S. como un acto más en pro de las autodefensas, procedió a nombrar en su Unidad de Trabajo Legislativo a la señora Blanca Dilia Duque Gaviria (declarada insubsistente el 9 de julio de 2004), hermana de I.R.D.G., alias "E.B.", con el exclusivo fin de poder congraciarse con dicho comandante paramilitar a efectos de lograr su apoyo para la selección y posterior candidatura de A.L.C. a la gobernación del departamento.

  7. Finalmente, el 9 de agosto de 2003, en el municipio de B. de Loba, se celebró la masiva concentración popular organizada y dirigida por las autodefensas del Bloque Central Bolívar, con presencia de "E.B." y otros cabecillas, así como la dirigencia política B., en la cual se dispuso la conformación de la denominada "Comisión Reguladora Política del Sur de Bolívar" que se encargaría de la selección del candidato a la Gobernación de dicho departamento, en la cual resultó favorecido precisamente A.L.C..

Igualmente, en la misma fecha y una vez terminada la anterior, se llevó a cabo otra reunión en la población de Pueblito Mejía, en donde el comandante "E.B." se reunió con los dirigentes del departamento, entre quienes obviamente se encontraba M.Á.R.S., y se comprometieron a respetar el acuerdo de apoyar a quien resultara seleccionado por la comisión recién conformada.

Filiación del Procesado

M.Á.R.S., oriundo del Banco (Magdalena), identificado con la cédula de ciudadanía número 73.129.712 de Cartagena, hijo de M.Á.R.T. (fallecido) y R.E.S. de R.. Cuenta con 41 años de edad, de profesión Comunicador Social egresado de la Universidad Autónoma de Barranquilla, casado con S.H.V.V., con quien tienen un hijo. Fue concejal del municipio de P. en el período 92-94 y alcalde de dicha población del 95 al 97, dedicado a la actividad política, ocupó la curul de R. a la Cámara en reemplazo de A.L.C. desde octubre de 2002 y nuevamente elegido por la circunscripción territorial de Bolívar para el período constitucional 2006-2010, cargo al cual renunció y cuya renuncia fue aprobada mediante resolución 0716 del 1º de abril de 2009 de la Cámara de Representantes. Actualmente detenido por este proceso en las instalaciones de la Penitenciaría de la Picota.

Actuación Procesal

- Mediante escrito del 15 de noviembre de 2007, el señor A.E.H. entonces concejal del municipio de P., denunció las reuniones sostenidas entre diversos comandantes de las autodefensas con M.R.S., a partir del año 1997.

- Así mismo, el señor G.J.M.M., mediante escrito del 9 de noviembre de 2007, dio cuenta de las varias reuniones sostenidas entre comandantes paramilitares y el congresista R.S..

Comentó igualmente en su denuncia que la quema de la alcaldía de P. (Bolívar), ocurrida el 29 de abril de 1999, fue con el fin de ocultar pruebas relacionadas con el delito de peculado y otros por parte de M.R., quien se desempeñó como alcalde de esa población entre 1995 y 1997. S. también a R. del posterior asesinato de su cuñado M.O.D., alias "M.A.", quien dirigió dicha acción delictiva en Pinillos.

- Con fundamento en los escritos mencionados, el 17 de enero de 2008 se dio inicio a la investigación preliminar, y se ordenaron y practicaron pruebas, y se escuchó en diligencia de versión libre al investigado.

- Posteriormente y con base en las pruebas legalmente practicadas, en auto del 21 de enero de 2009, se dio inicio a la etapa instructiva y se ordenó la captura del representante, quien fue escuchado en indagatoria el 26 de enero siguiente.

- Mediante decisión del 2 de febrero de 2009 se resolvió la situación jurídica del sindicado, con imposición de medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario, como probable autor del delito de concierto para delinquir agravado, en la modalidad de promoción de grupos paramilitares, fecha desde la cual se encuentra detenido en la Cárcel la Picota.

- En resolución núm. 0716 del 1º de abril de 2009 la Cámara de Representantes aceptó la renuncia presentada por R.S..

Con fundamento en dicha dimisión a la curul, la Sala en auto del 27 de abril de 2007 dispuso el envío del expediente, por competencia, a la Fiscalía General de la Nación en donde se culminó la investigación y se profirió cierre de instrucción el 18 de mayo de 2009, y posteriormente calificatorio con acusación mediante providencia del 31 de julio de esa anualidad.

- Contra esa decisión se interpuso el respectivo recurso de reposición y en subsidio el de apelación por parte de la defensa, quien posteriormente desistió de los mismos, motivo por el cual el proceso fue enviado al J. Especializado de Cartagena, de donde posteriormente fue remitido a la Corte mediante providencia del 25 de septiembre de 2009, con fundamento en la nueva posición jurisprudencial de esta Sala, respecto de la competencia para aforados.

- Con auto del 18 de noviembre de 2009 se asumió la competencia y se prosiguió con el trámite procesal correspondiente.

- El 14 de diciembre del 2009 finiquitó el traslado del artículo 400 de la Ley 600 de 2000; en consecuencia, se dispuso la audiencia preparatoria que se llevó a cabo el 27 de enero de la presente anualidad.

- Finalizada aquella, se dio inicio a la audiencia pública el 26 de abril hogaño, la cual culminó el 26 de julio del presente año.

Alegatos en Audiencia Pública

El Ministerio Público

Menciona los hechos consistentes en las diversas reuniones que tuvieron lugar con miembros de las autodefensas y el acusado R.S., en las cuales se celebraron acuerdos de orden electoral, habiéndose comprometido, además a nombrar en su Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) a la señora B.D.D.G., hermana de alias "E.B.", estratega político del grupo armado irregular.

Dentro de dichas reuniones se destacan las de 1997, 1998 y 2001, con los cabecillas de la agrupación ilegal, tales como: C.C.; S.M.; alias "J. 40" y alias "E.B.", todo lo cual fue relatado por los "antiguos compañeros de labor política" de M.R., quienes precisaron que el acusado conoció de manera directa a dichos comandantes paramilitares. También la reunión que sostuvieron en el 2002 junto con alias "M.C.", quien para la época era representante zonal de las autodefensas.

Adicionalmente, obra declaración del ciudadano A.C.D., líder regional, quien sostuvo que el 9 de agosto de 2003 convocaron a una reunión política multitudinaria en el corregimiento de B. de Loba, sur de Bolívar, con la asistencia de diferentes líderes comunales como él, también concejales y personalidades de la vida política, como V.B., L.R., D. de León Sayas, M.R.S., la cual fue presidida por "E.B." en representación de la agrupación armada ilegal, quien insistió en la conformación de una comisión de dichas provincias denominada "COMISIÓN REGULADORA POLÍTICA DEL SUR DE BOLÍVAR". Prosigue el Agente de la Procuraduría diciendo que el aludido declarante destacó que el objetivo de la convocatoria fue el de fijar mecanismos...

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