Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 21 de Septiembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 250456006

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 21 de Septiembre de 2010

Fecha21 Septiembre 2010
Número de expediente29793
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL Magistrado Ponente: G.J.G. MENDOZA

Radicación No. 29793

Acta No. 34

Bogotá D.C., veintiuno (21) de septiembre de dos mil diez (2010) Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por el señor J.S.S. contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. el 18 de agosto de 2010, dentro de la acción de tutela que promovió contra la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial y el Juzgado Once Laboral del Circuito de Bogotá D.C.

ANTECEDENTES

El señor J.S.S. interpuso acción de tutela con el fin de obtener la protección de su derecho fundamental de petición, que consideró desconocido por las autoridades accionadas al no disponer lo necesario para reconstruir el expediente contentivo del proceso de cobro coactivo que se sigue en su contra y, con ello, notificarlo del mandamiento de pago allí emitido.

Manifestó que la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial inició un proceso de jurisdicción coactiva en su contra, tendiente a cobrarle una multa que le fue impuesta por el Juzgado Once Laboral del Circuito de Bogotá. Igualmente, que dentro de dicho proceso se decretó el embargo de la cuota parte que tiene sobre un bien inmueble, que ya fue vendido y respecto del cual no se ha podido realizar el registro, debido a la medida cautelar que le fue impuesta.

Adujo que al acercarse a la Dirección Ejecutiva Seccional de Administración Judicial para que le fuera notificado el auto de mandamiento de pago, le informaron que el expediente se había extraviado, por lo que solicitó la reconstrucción del mismo. Tras ello, agregó, fue emitida una resolución en la que se decretaron unas pruebas, dentro de las cuales se libró un oficio al Juzgado Once Laboral del Circuito de Bogotá, para que remitiera los documentos relacionados con la imposición de la multa que se estaba cobrando, pero dicha autoridad no ha emitido respuesta.

Señaló, por último, que no ha logrado obtener la reconstrucción del expediente, ni notificarse del mandamiento de pago. Por ello, solicitó que se levantara la medida cautelar impuesta en su contra y que se ordenara al juzgado accionado que respondiera el oficio que le fue librado y a la Dirección Ejecutiva que le notificara el mandamiento de pago.

La Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá D.C. dio trámite a la acción de tutela por auto del 4...

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