Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 30 de Noviembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 250496090

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 30 de Noviembre de 2010

Fecha30 Noviembre 2010
Número de expediente30493
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

Magistrada Ponente: E.D.P. CUELLO CALDERÓN

Radicación No. 30493

Acta No. 42

Bogotá D. C., treinta (30) de noviembre de dos mil diez (2010).

Se resuelve la impugnación interpuesta por la Gobernación de Antioquia " Secretaría de Hacienda " Dirección de Rentas Departamentales, contra el fallo del 7 de octubre de 2010, proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, en el trámite de la tutela que promovió J.O.D.J. contra la impugnante y la Fiscalía General de la Nación.

ANTECEDENTES

El accionante, a través de apoderada judicial, instauró acción de tutela, por la supuesta violación de los derechos fundamentales al debido proceso, al habeas data, al buen nombre y a la honra.

Como antecedentes de la petición manifestó que figura como propietario del vehículo de placas BWT 694, el cual vendió hace más de 10 años; desde el 26 de septiembre de 2000 el bien se encuentra a disposición de la Fiscalía 32 Especializada de Medellín dentro de trámite de extinción de dominio; que dentro de la investigación penal se estableció que el automotor no era de propiedad de D.J., por enajenación que realizó con anterioridad a la comisión del punible; "desde hace varios años mi mandante recibe por parte de la Dirección de Rentas Departamentales y la Secretaría de Hacienda de la Gobernación de Antioquia, liquidaciones oficiales de aforo por el no pago de los impuestos del vehículo BWT 694"; informó que la Fiscalía 32, en mayo de 2008, negó la solicitud de cancelación de matrícula del automóvil, teniendo en cuenta que se "iba a dar inicio a la acción de EXTINCIÓN DE DOMINIO"; que el Juzgado Cuarto Penal del Circuito Especializado de Medellín "negó el reintegro del automotor al patrimonio de mi representado aduciendo que este bien ya había sido enajenado"; que "en los últimos meses se presentó Derecho de Petición ante la Dirección de Rentas Departamentales.. solicitando se resolviera sus (sic) situación y se expidiera el paz y salvo" y el 19 de mayo de 2010 la Secretaría de Hacienda de la Gobernación le manifestó que no era procedente la solicitud, pues el responsable de la obligación fiscal es la persona que figura como propietario en el certificado del vehículo; afirmó que no existe proceso judicial alguno que permita sacar del patrimonio el bien, lo que hace que la tutela sea procedente.

Por lo anterior solicita terminar y anular el proceso de jurisdicción coactiva que adelanta la Secretaría de Hacienda " Dirección de Rentas Departamentales de Antioquia; ordenar a la Fiscalía General de la Nación tramitar "ante el organismo correspondiente" la cancelación de la matrícula del automotor o el cambio de propietario, y ordenar a la Dirección de Rentas mencionada "expedir el correspondiente Paz y Salvo por concepto de impuestos sobre el vehículo automotor de placas BWT 694".

TRÁMITE IMPARTIDO

La Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín, el 24 de septiembre de 2010, avocó el conocimiento de la tutela y dispuso enterar de la decisión a los accionados, a fin de que rindieran informe sobre los hechos materia de la acción (folio 12).

La Directora de Rentas Departamentales de Antioquia informó que no se le han vulnerado los derechos al accionante, pues en el trámite para el cobro de los impuestos del vehículo de placas...

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