Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Agosto de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 250479042

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Agosto de 2010

Número de expediente49932
Fecha24 Agosto 2010
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL - SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente

JAVIER ZAPATA ORTIZ

Aprobada acta número 265

Bogotá. D.C., veinticuatro (24) de agosto de dos mil diez (2010)

Se pronuncia la Sala sobre la impugnación interpuesta por el JEFE OFICINA JURÍDICA DE LA REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL, contra el fallo de 29 de junio de 2010 proferido por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BUCARAMANGA, mediante el cual negó la protección constitucional solicitada por S.B.S., en contra de la entidad impugnante.ANTECEDENTES

El señor S.B.S. solicitó protección constitucional al derecho fundamental de petición, por estimar tal garantía vulnerada por la Registraduría Nacional del Estado Civil, al no pronunciarse sobre la solicitud que le formuló el 28 de octubre de 2009, en la cual le requería anular o hacer las correcciones respectivas a uno de los registros civiles de nacimiento del joven N.B.S., quien padece síndrome de Down y quien se encuentra registrado dos veces en la Registraduría Nacional del Estado Civil de Barrancabermeja.

EL FALLO IMPUGNADO

Negó el A Quo la protección solicitada, por estimar superado el hecho que motivó la demanda, en tanto la Registraduría acreditó haberse pronunciado sobre la petición propuesta por el actor, mediante oficio de 3 de mayo de 2010, indicándole que por medio de Resolución No. 4725 del 8 de abril del mismo año, ordenó la cancelación del registro civil de nacimiento del menor N.A.B.S.. Ahora bien, le ordenó a tal entidad, como en tal sentido no había procedido, remitir al peticionario copia de la citada Resolución, ""con el fin de complementar la respuesta al derecho de petición elevado por el citado."

LA IMPUGNACIÓNFue interpuesta por el Jefe Oficina Jurídica de la Registraduría Nacional del Estado Civil, indicando que tal entidad dio cumplimiento al fallo de tutela, ""mediante oficio DNRC-GJ-N-2731 de fecha 12 de julio de 2010, de la Oficina de Notificaciones de la Dirección Nacional del Registro Civil de la entidad, le fue enviada fotocopia de la Resolución No. 4725 de 8 de abril de 2010, a S.B.S., a la Diagonal 56 Transversal 43 A " 22 Barrio El Progreso II Etapa."CONSIDERACIONES DE LA CORTE

Dado que la competencia del juez de tutela, según lo establece la Constitución Política en su artículo 86, se enmarca en la protección de de los derechos fundamentales amenazados o en potencial riesgo, cuando esa amenaza o riesgo desaparecen o superan, también lo hace la...

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