Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Diciembre de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 250467698

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Diciembre de 2010

Fecha15 Diciembre 2010
Número de expediente51775
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

-SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1-

MAGISTRADO PONENTE

AUGUSTO I.G.

APROBADO ACTA No 423

Bogotá, D.C., quince (15) de diciembre de dos mil diez (2010).

ASUNTO

Se resuelve la acción de tutela presentada por el ciudadano JOSÉ DEL CARMEN CAICEDO SEPÚLVEDA contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Cúcuta y el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad, por presunto desconocimiento del principio de favorabilidad y los derechos a la igualdad y a la libertad.

ANTECEDENTES
  1. Los hechos narrados y la tutela interpuesta

    Manifiesta el actor que fue condenado por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Cúcuta, a la pena de 50 años de prisión por los delitos de extorsión y homicidio, entre otros, decisión que fue confirmada en segunda instancia el 14 de noviembre de 2001.

    El Juzgado Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Descongestión de esa ciudad redosificó la pena, fijándola en 33 años de prisión.

    En varias oportunidades ha solicitado la rebaja de pena contemplada en el artículo 70 de la Ley 975 de 2005 y le ha sido negada. La última de ellas, en providencia del 30 de abril del año en curso, proferida por el juzgado de ejecución accionado, que fue confirmada el 3 de agosto siguiente por el Tribunal Superior de Cúcuta.

    Explica que se encuentra discriminado frente a otros compañeros de la población reclusa del país, a quienes se les ha concedido el beneficio, situación que afecta su derecho a la libertad, toda vez que con el nuevo quantum punitivo, cumpliría con lo establecido en el artículo 64 de la Ley 599 de 2000, aplicable por favorabilidad para obtener la libertad condicional.

    Solicita se revoque el fallo proferido por el Tribunal Superior de Cúcuta y, en su lugar, se ordene al Juzgado Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de la misma ciudad, que se le conceda la rebaja de pena solicitada.

  2. La respuesta y la intervención

    2.1. El señor Juez Primero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Cúcuta, informa que ese despacho, mediante auto del 21 de agosto de 2001, avocó el conocimiento de la pena impuesta al señor J.D.C.C.S. por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Bucaramanga, en sentencia del 14 de diciembre de 2000, siendo condenado a la pena de 50 años de prisión como responsable de la conducta punible de extorsión en concurso con homicidio agravado, concierto para delinquir, fabricación y tráfico de armas y municiones y lesiones personales, pena modificada por el Juzgado de Ejecución de Penas y Medidas de de Seguridad de Descongestión de la misma ciudad, que fijó la de 33 años de prisión.

    Por auto del 6 de enero de 2004, el proceso fue remitido a los juzgados homólogos de Bucaramanga, pero el 3 de febrero de 2010 el despacho reasumió la competencia, debido a que el interno fue trasladado al Establecimiento Penitenciario y C. de la ciudad de Cúcuta.

    2.2. El doctor J.C.C.S., Magistrado del Tribunal Superior de Cúcuta, manifiesta que mediante proveído del 3 de agosto del año en curso, esa corporación resolvió confirmar el auto del 30 de abril proferido por el Juzgado Primero de Ejecución de Penas y...

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