Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 23 de Noviembre de 2010
Fecha | 23 Noviembre 2010 |
Número de expediente | 51121 |
Emisor | Sala de Casación Penal |
Materia | Derecho Penal |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS
Magistrado Ponente:
JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA
Aprobado Acta No. 384
Bogotá, D.C, veintitrés (23) de noviembre de dos mil diez (2010).
Decide la Sala la impugnación interpuesta por el apoderado del señor C.A.S.B., contra el fallo de tutela proferido el 13 de octubre de 2010, por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, mediante el cual negó el amparo a los derechos fundamentales al trabajo, seguridad social y mínimo vital, presuntamente vulnerados por el C. General y el Director de Personal del Ejército Nacional.
LA DEMANDA
Afirma el apoderado del accionante que en el año de 1999, éste ingresó a la Escuela Militar y superados los exámenes médicos se graduó en el año 2002 como subteniente.
Refiere que en el año 2003 le diagnosticaron trastorno afectivo bipolar, encontrándose desde entonces en tratamiento dentro del Sistema de Salud de las Fuerzas Militares.
Sostiene que el 23 de marzo de 2006, su caso fue llevado a junta médica, donde se estableció una pérdida de la capacidad laboral del 21.5%, decisión que fue ratificada por el Tribunal Médico Laboral. El 27 de abril de 2009, se le realizó una nueva junta médica, en la cual se le dictaminó una pérdida de la capacidad laboral del 61.14%, decisión que al ser impugnada, fue revocada por el Tribunal Medico, para en su lugar dejar en firme la evaluación realizada el 23 de marzo de 2006.
Indica que el 17 de mayo de 2007, Salud Ocupacional rindió concepto señalando que el actor puede continuar desempeñando labores de tipo administrativo, el que al no ser tenido en cuenta por el Ejército Nacional motivó el intento de suicidio.
En el mes de abril de 2010, encontrándose desempeñando el cargo de Jefe de la Sección de Preservación y Salud Ocupacional del Batallón, fue dado de baja otorgándole una pensión.
Su pretensión la dirige a que se ordene el reintegro en el rango de Capitán, debido a que sus compañeros ya ascendieron, e igualmente se disponga que no lo asignen en unidades de artillería o relacionadas con armamento y que su actividad se realice en labores de tipo administrativo.LA SENTENCIA IMPUGNADA
La profirió el 13 de octubre de 2010, la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, negando la demanda de tutela, como quiera que la decisión de retirar del servicio activo de las Fuerzas Militares está amparada en fundamentos...
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