Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº 1100102030002006-00618-00 de 4 de Mayo de 2006 - Jurisprudencia - VLEX 44014284

Tutela de Corte Suprema de Justicia - nº 1100102030002006-00618-00 de 4 de Mayo de 2006

Número de expediente1100102030002006-00618-00
Fecha04 Mayo 2006
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION CIVIL

Magistrado Ponente:

JAIME ALBERTO ARRUBLA PAUCAR

Bogotá, D.C., cuatro (04) de mayo de dos mil seis (2006)

Discutido y aprobado en Sala realizada el 3-05-06.

R.: Exp. No. T- 1100102030002006-00618-00

Decídese la acción de tutela promovida por WILCOS S.A., contra la SALA DE DECISION CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE BOGOTÁ, de la cual es ponente el M.E.C.S.M.. ANTECEDENTES

  1. WILCOS S.A., actuando por intermedio de apoderado judicial, reclama el amparo de su derecho constitucional fundamental al debido proceso, el cual considera conculcado, a propósito de la sentencia proferida por la Sala accionada el 14 de febrero de 2006, dentro del proceso de medidas cautelares promovido en su contra por WARNER LAMBERT COMPANY LLC.

  2. Sirven de sustento a la petición de amparo constitucional los argumentos fácticos que a continuación se compendian:

    2.1. WILCOS S.A. es una empresa nacional que fábrica y distribuye productos cosméticos, dentro de los cuales se encuentran los enjuagues bucales que tienen marcas y registros sanitarios en la clase tercera de la clasificación Niza, "estándar internacional acogido por Colombia".

    2.2. La sociedad WARNER LAMBERT COMPANY LLC, empresa de origen americano, en su condición de dueña de la marca "LISTERINE" en Colombia, tiene registrado el respectivo envase en la clase cinco de la clasificación Niza, la cual pertenece a productos farmacéuticos; mas no la usa para vender enjuagues bucales medicados, ya que "LISTERINE" es considerado producto cosmético.

    2.3. No obstante que existe la diferencia mencionada en los registros, WARNER LAMBERT COMPANY LLC inició el proceso de medidas cautelares mencionado, con el fin de "proteger" la botella de "LISTERINE", fundada en la similitud existente entre el envase en el que la sociedad accionante distribuía los enjuagues bucales producidos; demanda en virtud de la cual el Juzgado 26 Civil del Circuito de Bogotá, ordenó mediante auto del 1° de septiembre de 2005 decomisar los enjuagues bucales que estuviesen en el mercado producidos por la accionante, decisión que fue objeto de confirmación por la Sala accionada, incurriendo así en vía de hecho "al desconocer entre otros, que si bien es cierto el producto LISTERINE se vende en los mismos (sic) que los productos de mi poderdante, la botella de LISTERINE misma que es marca registrada de W.L., no es...

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