Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 36183 de 3 de Abril de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 43760088

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº 36183 de 3 de Abril de 2008

Fecha03 Abril 2008
Número de expediente36183
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

Y.R.B.

Aprobado Acta N°079.

Bogotá, D.C., abril tres (3) de dos mil ocho (2008).

VISTOS

Se pronuncia la Sala acerca de la competencia que le asiste para conocer en primera instancia de la acción de tutela instaurada por el ciudadano M.R.R., contra el Director, el Consejo de Disciplina y la Oficina de Investigaciones Internas del Establecimiento Penitenciario y C. "La Modelo" de Bogotá, por la presunta violación a sus derechos fundamentales al debido proceso y legalidad de le pena.FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

Como quiera que M.R. ROJAS no está de acuerdo con las resoluciones proferidas el pasado 14 de agosto y 11 de diciembre de 2006, a través de las cuales las autoridades atrás referenciadas lo sancionaron con cincuenta (50) días de pérdida del derecho de redención de pena, acude directamente al juez de tutela en procura de amparo para sus derechos fundamentales al debido proceso y legalidad de la pena.CONSIDERACIONES DE LA SALA:

  1. El artículo 29 de la Constitución Política establece que el debido proceso es un derecho de carácter fundamental, aplicable a toda clase de actuaciones judiciales y administrativas, y la competencia, como una de sus manifestaciones, corresponde a la facultad de los jueces para ejercer jurisdicción en determinada parte del territorio o en ciertos asuntos y, como tal, no puede ser invadida por un homólogo unipersonal o corporativo.

  2. El Decreto 1382 de 2000 reglamentó el reparto de las acciones de tutela y determinó el juez natural que las debe conocer, de acuerdo con el nivel al cual pertenezca la autoridad pública accionada o su jerarquía, o si se trata de un particular.

  3. En el asunto sub-exámine y dado que la solicitud de amparo elevada por M.R. ROJAS la dirige contra el Director de "La Modelo " de Bogotá, establecimiento que pertenece a la respectiva Dirección Regional del Instituto Nacional Penitenciario y C. "Inpec", la competencia está asignada a los jueces de circuito o con categoría de tales, pues de conformidad con lo establecido en el decreto 1382 en su art. 1º, numeral 1º, inciso 2º, las acciones de tutela contra cualquier...

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