Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 22203 de 16 de Septiembre de 2008 - Jurisprudencia - VLEX 43760887

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº 22203 de 16 de Septiembre de 2008

Fecha16 Septiembre 2008
Número de expediente22203
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

Radicación Nº 22203

Acta Nº. 58

Magistrado Ponente: FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ

Bogotá D.C., dieciséis (16) de septiembre de dos mil ocho (2008).

Resuelve la Corte la impugnación interpuesta por H.J.G., contra la providencia del 25 de julio de 2008, proferida por el TRIBUNAL SUPERIOR DE DISTRITO JUDICIAL DE CALI, en el trámite de tutela que le sigue a la REGISTRADURIA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL.ANTECEDENTES

H.J.G., instauró la acción de tutela por considerar vulnerados su derecho fundamental al trabajo, entre otros. Solicita se le adjudique la cedula de ciudadanía No. 10.247.637 de Manizales.

En sustento de sus pretensiones adujo como hechos, entre otros, que el se ha identificado con la cédula de ciudadanía No. 10.247.637 de Manizales (Caldas), sin embargo la entidad accionada le designó la cédula de ciudadanía No. 7.529.095, si que para tal efecto haya realizado trámite alguno. Agregó que por tal circunstancia se encuentra desempleado por estar pidiendo permiso a efectos de solucionar su situación.

TRÁMITE IMPARTIDO

Por auto del 25 de julio de 2008, el TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE CALI avocó el conocimiento de la presente acción de tutela y ordenó comunicar al accionado, para que se pronunciara sobre los hechos materia de la queja constitucional.

La entidad accionada indicó que la Reistraduría de Armenia, expidió la cedula de ciudadanía al señor H.J.G., con indicativo serial del registro civil de nacimiento No. 2397535 de la Notaria de Manizales. Igualmente el 21 de junio de 1978 se expidió en la Registraduría de Manizales, la cedula de ciudadanía No. 10.247.637 a quien dijo llamarse H.J.G., quien presentó como documento antecedente el registro civil de nacimiento indicativo 2397535 de la Notaria 4 de Manizales. Adujo que la Registraduría Nacional mediante Resolución No. 284 del 10 de febrero de 1981 ordenó la cancelación de la cédula de ciudadanía No. 10.247.637 de Manizales al detectarse que el accionante obtuvo la expedición de más de una cédula de ciudadanía.

Agregó que el accionante debe seguir utilizando para sus actos públicos y privados la cédula de ciudadanía No. 7.529.095.

La Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, en sentencia del 25 de julio de 2008, denegó el amparo deprecado, para lo cual adujo, entre otras consideraciones, que no se evidencia en las actuaciones surtidas por la entidad...

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