Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 15 de Septiembre de 2009 - Jurisprudencia - VLEX 69222595

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 15 de Septiembre de 2009

Fecha15 Septiembre 2009
Número de expediente21210
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL MAGISTRADO PONENTE: EDUARDO LÓPEZ VILLEGAS Tutela Expediente No. 21210 Acta No. 36 Bogotá D.C., quince (15) de septiembre de dos mil nueve (2009). Se pronuncia la Corte sobre la acción de tutela interpuesta por el apoderado de C.A.L.D. contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE SANTA MARTA y el JUZGADO PRIMERO LABORAL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.I-. ANTECEDENTES 1-. El accionante presentó acción de tutela en contra de las autoridades judiciales accionadas, al considerar que éstas le vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, dentro del trámite del proceso ordinario laboral que inició en contra de P.S.G.J..

Manifiesta el actor como fundamento de esta acción constitucional que el juzgado de conocimiento de conformidad con el artículo 25 del C.P.L , profirió auto el cual decidió declarar probada la excepción previa de ineptitud de la demanda toda vez que hubo una indebida acumulación de pretensiones -en materia civil y laboral-, declaró la nulidad de todo lo actuado a partir del auto admisorio de la demanda y concedió el término de 5 días para subsanarla; decisión que fue confirmada por el Tribunal al desatar el recurso de apelación mediante providencia de fecha 22 de julio de 2009.

Agrega el actor que, presentó la demanda al amparo del numeral 1° del artículo 2 del C.P.L. con el fin de que se declare la existencia de un contrato de trabajo y consecuencialmente se ordene al demandado restituir un inmueble que había recibido para su vigilancia, para vivienda de él y su familia y para intensificar los cultivos agrícolas existentes en el mismo.

Alega el actor que la expresión contenida en el numeral 1° del artículo del C.P.L "los conflictos jurídicos que se originen directa o indirectamente en el contrato de trabajo" abarca asuntos que no pueden ser de estirpe puramente laboral, pero que por originarse de un contrato de trabajo son de competencia de la jurisdicción ordinaria laboral.

Por lo anterior, solicita el accionante, revocar las decisiones proferidas por los mencionados jueces, en las que declararon probada la excepción formulada de inepta demanda.

  1. - Mediante auto del 4 de septiembre de 2009, esta Sala de la Corte avocó su conocimiento; vencido el término de traslado correspondiente, son se allegó respuesta de las autoridades judiciales accionadas. II-. CONSIDERACIONES La Constitución de 1991 consagró la acción de tutela como uno de los mecanismos para garantizar la eficacia de los derechos fundamentales.

Esta Sala de la Corte ha sido del criterio que no procede la tutela contra providencias o sentencias judiciales, atendiendo los principios de la cosa juzgada, la independencia y autonomía de los jueces, y entre otras razones fundamentales, por ausencia de base normativa.

Sobre la premisa de ausencia de norma positiva la Sala...

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