Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 11 de Febrero de 2010 - Jurisprudencia - VLEX 77754545

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 11 de Febrero de 2010

Fecha11 Febrero 2010
Número de expediente46536
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. S.E.P.

Aprobado Acta No. 40.

Bogotá, D.C., once de febrero de dos mil diez.

VISTOS

Decide la Corte la demanda de tutela instaurada, a través de apoderado, por T.B.O., en garantía de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad y libertad presuntamente vulnerados por la SALA PENAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DEL DISTRITO JUDICIAL DE TUNJA y el JUZGADO CUARTO DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD de la misma ciudad.

LOS ANTECEDENTES Y LA ACCIÓN:

  1. Del libelo de tutela y de la información allegada a la actuación, se desprende que, mediante proveído del 15 de octubre de 2009, el Juzgado Cuarto de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Tunja, entre otras determinaciones, negó al condenado, hoy accionante, petición de libertad condicional, toda vez que no cumplía con el requisito de orden subjetivo para su reconocimiento.

  2. En contra de la anterior decisión el apoderado judicial de B.O. interpuso recurso de apelación, razón por la cual el conocimiento de la actuación correspondió a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Tunja, colegiatura que a través de proveído del 1º de diciembre de 2009, confirmó integralmente lo decidido por el a quo, al considerar que:

    ""se observa que la conducta mostrada por el sentenciado en el establecimiento carcelario durante su reclusión en el año 2009 se puede considerar en el grado de Ejemplar y Buna según conceptos emitidos por parte de la Penitenciaria "fls. 406 y s.s.-, igualmente obra en el expediente Resolución No. 2657 del 01 de octubre de 2009 del Consejo de Disciplina del Establecimiento Carcelario de Cómbita "fl-398, en la que se emitió concepto favorable a la solicitud de libertad condicional del interno; no obstante se evidencia que el condenado se fugo de la penitenciaria La Modelo de Bogotá el día 21 de mayo de 1998 "fl. 7 C.. fallador-, y fue recapturado el 24 de marzo de 1999 "tal como lo afirma la penitenciaria fl.394-, circunstancia de la mayor gravedad, teniendo en cuenta que su intención era evadir la sanción penal que probablemente le sería impuesta por el punible investigado como efectivamente ocurrió, tanto es así que permaneció en esa ilícita situación más de diez (10) meses, quedando caro que su voluntad no era la de presentarse ante su aprehensión por parte de las autoridades competentes, incursionando en terrenos penales al...

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