Sentencia de Corte Suprema de Justicia - nº de 17 de Febrero de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 271783462

Sentencia de Corte Suprema de Justicia - nº de 17 de Febrero de 2011

Número de expediente1100102030002011-00058-00
Fecha17 Febrero 2011
MateriaDerecho Civil

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN CIVIL

Bogotá, D.C., diecisiete (17) de febrero de dos mil once (2011)

Ref.: 11001-0203-000-2011-00058-00

  1. M.A.R.P. interpuso recurso extraordinario de revisión contra la sentencia dictada el 24 de abril de 2009 por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, Sala Civil, en el proceso ejecutivo hipotecario instaurado por Corporación de Ahorro y Vivienda Las Villas, hoy Banco Comercial AV Villas S. A., contra el recurrente e I.P.M., que correspondió por reparto al Juzgado 26 Civil del Circuito de la misma ciudad.

  2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 383, inciso 3°, del Código de Procedimiento Civil, se declarará inadmisible la demanda de revisión cuando no reúna los requisitos formales previstos en el artículo 382 ibídem.

  3. En el sub examine la demanda no reúne tales exigencias, por lo siguiente:

a) No se acompañan a ella el poder para su formulación (artículo 77, numeral 1, Estatuto Procesal Civil), ni la copia de la misma para el archivo de la Secretaría.

  1. No se indica la fecha en que quedó ejecutoriado el fallo acusado.

  2. El art. 382, num. 4, ejusdem impone “la expresión de la causal invocada y los hechos concretos que le sirven de fundamento”, requisito que en este caso no se cumple en relación con las dos causales invocadas, toda vez que:

La nulidad de que trata la causal 8ª del art. 380 del Ordenamiento Procesal Civil es de naturaleza procesal, y los motivos que se aducen como fundamento de ella, consistentes en una indebida capitalización de intereses y un desbordamiento de la tasa máxima legal, no tienen ese carácter.

La causal 6ª de esa disposición contempla la existencia de “colusión u otra maniobra fraudulenta de las partes” en el proceso en que se dictó la...

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