Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Febrero de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 271783946

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Febrero de 2011

Número de expediente52538
Fecha24 Febrero 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2 Magistrada Ponente:

MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS

Aprobado Acta N° 062 Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de febrero de dos mil once (2011).

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Resolver la impugnación presentada por S.L. contra el fallo de tutela proferido el 24 de enero de 2011 por el Tribunal Superior de Pereira, que negó el amparo de los derechos fundamentales a la identidad y ejercicio de los derechos civiles, presuntamente vulnerados por la Registraduría Nacional del Estado Civil.FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

La señora S.L. sostiene que la entidad accionada le está desconociendo sus derechos como ciudadana porque le “canceló” el uso de la cédula de ciudadanía No. 38.204.411, dejándole vigente la del cupo numérico 38.201.685, a pesar de que siempre se ha identificado con la primera.

Refiere que la anterior decisión le ha causado graves perjuicios porque en su pasaporte y en las tarjetas de crédito, entre otros documentos, aparece identificada con la cédula de ciudadanía que le fue cancelada.

Por lo anterior, solicita amparar los derechos fundamentales invocados y ordenar a la entidad accionada que nuevamente le expida la cédula de ciudadanía No. 38.204.411.

TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA

  1. La Corporación competente[1] con autos de 11 y 12 de noviembre de 2011 admitió la demanda, ordenó vincular a la autoridad accionada y negó la medida provisional solicitada por la actora[2].

  2. La Jefe de la Oficina Jurídica de la Registraduría Nacional del Estado Civil informó que al consultar el Archivo Nacional de Identificación -ANI-, el Sistema de Gestión Electrónica de Documentos –GED- y el Archivo Temporal -MTR-, se estableció que el 12 de diciembre de 1983, la accionante solicitó por primera vez su documento de identidad con el nombre de S.A.L. y le fue expedida la cédula de ciudadanía No. 38.201.685 en Planadas -Tolima-, para lo cual aportó la partida parroquial de bautizo de la misma localidad.

    También se constató luego de efectuar el cotejo dactiloscópico respectivo, que la actora nuevamente solicitó “el trámite de producción de primera vez de su documento de identidad; proceder que dio lugar a expedir la cédula de ciudadanía 38.204.411 el 18 de marzo de 1995 en Planadas -Tolima- a nombre de S.L.”, utilizando como “documento base el registro civil de nacimiento” expedido en la Registraduría del citado Municipio.

    En razón de lo anterior, la Registraduría...

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