Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Febrero de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 271784090

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 24 de Febrero de 2011

Número de expediente52796
Fecha24 Febrero 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

F.A.C.C.

Aprobado Acta No. 062

Bogotá, D.C., febrero veinticuatro (24) de dos mil once (2011).

VISTOS

Decide la Sala la acción de tutela instaurada por M.E.R.B., en su condición de madre de la menor A.Z.C.R contra el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Ibagué y la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de ese Distrito Judicial, por la presunta conculcación de los derechos fundamentales de los niños, artículo 44 de la Constitución Política.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN: 1. Por hechos ocurridos el 5 de septiembre de 2004, la Fiscalía General de la Nación, adelantó investigación contra S.P.S. por la conducta punible de homicidio culposo de quien en vida se llamó E.C.M., el 15 de diciembre de 2005 profirió resolución de acusación contra el procesado por el delito atrás referenciado.

  1. El Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Ibagué, Tolima, luego de adelantar la etapa de juicio el 27 de enero de 2010 profirió sentencia condenatoria contra P.S., decisión que al ser recurrida, la Sala Penal del Tribunal Superior de ese Distrito Judicial el 15 de marzo de 2010 la modificó, en el sentido de condenar a la aseguradora la Equidad Seguros Generales o.c. llamada en garantía, a pagar a los demandantes la suma de veintiún millones cuatrocientos ochenta mil pesos ($21.480.000.oo), en lo demás la dejó incólume.

  2. El Juzgado Cuarto de Familia de la ciudad tantas veces mencionada, el 5 de junio de 2009 resolvió declarar que quien en vida respondía al nombre de E.C.M. era el padre extramatrimonial de la menor A.Z.R.B. ordenado inscribir el respectivo fallo en el registro civil de nacimiento de ésta, decisión que al ser consultada, la Sala Civil –Familia de Decisión de Ibagué, el 4 de marzo de 2010, la confirmó.

  3. Como quiera que M.E.R.B. considera que las decisiones penales mencionadas violan flagrantemente los derechos de su menor hija, porque las sentencias de filiación natural de A.Z.C.R., hija de la víctima, son anteriores a las decisiones penales, por consiguiente los perjuicios económicos ordenados pertenecen a la menor y no a los familiares del fallecido, acude al juez de tutela en procura de amparo a los derechos fundamentales de su descendiente, y en consecuencia, solicita se “oficie al señor Juez Cuarto Penal del Circuito de Ibagué, para que se abstenga de entregar la suma de dinero atrás referenciada...

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