Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 1 de Febrero de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 271785122

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 1 de Febrero de 2011

Número de expediente31121
Fecha01 Febrero 2011
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALL.G.M.B.

Magistrado Ponente

Radicación No. 31121

Acta No. 02

Bogotá D.C., primero (1º) de febrero de dos mil once (2011). Se procede a resolver la impugnación presentada por L.I.S. DE CÓRDOBA contra el fallo proferido por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, dentro de la acción de tutela que la recurrente instauró contra la SALA CIVIL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BOGOTÁ y el JUZGADO TRECE CIVIL DEL CIRCUITO de la misma ciudad.ANTECEDENTES Manifestó la accionante que presentó demanda ejecutiva hipotecaria contra V.R.H.B. y M.T.G.R., la cual le correspondió por reparto al Juzgado accionado, quien profirió sentencia a su favor el 22 de agosto de 2007.

Adujo que en la diligencia de remate hizo postura “teniendo en cuenta el valor del crédito a mi favor, por lo que me adjudicaron el bien…”; que después de agotar varias etapas procesales, mediante providencia de 15 de abril de 2009, se aprobó la diligencia de remate y además se ordenó la actualización del crédito y las costas.

Indicó que con fundamento en ese resultado, el Juez accionado dispuso dar por terminado el proceso por pago total de la obligación, decisión de la que discrepa porque, no se le corrió traslado de dicha actualización y tampoco “estaba ejecutoriado el auto que aprobaba la liquidación”, por lo que no pudo controvertir los errores aritméticos en que se incurrió, específicamente, en lo concerniente con los intereses moratorios.

Agregó que contra la anterior decisión, interpuso los recursos de reposición y apelación, sin resultado positivo.

Por lo anterior, pretende que se proteja su derecho fundamental al debido proceso, “ya que me están causando un detrimento patrimonial”, y en consecuencia, solicita que se ordene la liquidación del crédito, más los intereses moratorios, corrigiendo los errores aritméticos en las liquidaciones que elaboraron los Despachos judiciales accionados.TRÁMITE

Mediante proveído del 11 de noviembre de 2010, la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia avocó el conocimiento de la acción de tutela y ordenó notificar a los Despachos judiciales accionados y enterar a las partes e intervinientes involucrados en el proceso cuestionado, para que hicieran uso del derecho de defensa.

Dentro del término de traslado, el Juez Trece Civil del Circuito de Bogotá hizo un recuento de la actuación procesal y pidió declarar improcedente la presente...

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