Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 31 de Mayo de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 302652634

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 31 de Mayo de 2011

Número de expediente25832
Fecha31 Mayo 2011
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALL.G.M.B.

Magistrado Ponente

Radicación No. 25832

Acta No. 16

Bogotá D.C., treinta y uno (31) de mayo de dos mil once (2011). Procede la Corte a resolver la primera instancia en la acción de tutela instaurada por JOSÉ CUETER CUETER contra la SALA CIVIL FAMILIA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MONTERÍA, extensiva al JUZGADO SEGUNDO CIVIL DEL CIRCUITO DE CERETÉ. I. ANTECEDENTES

El accionante solicitó la protección de su derecho fundamental al debido proceso, el cual considera vulnerado presuntamente por el Tribunal accionado.

Afirmó que G.J.R.P. le interpuso demanda ordinaria laboral, a través de la cual buscaba la declaración de existencia de una relación laboral entre las partes y la condena por unas acreencias laborales y las indemnizaciones por terminación del vínculo laboral de forma unilateral por parte del demandado y la moratoria, proceso que le correspondió por reparto al Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cereté.

Surtido el trámite de primera instancia, el juez del conocimiento profirió sentencia el 17 de septiembre de 2010, en la que resolvió declarar la existencia de la relación laboral pretendida y condenó a la parte demandada en la suma de $856.000,oo por dotaciones adeudadas y de los aportes para pensión que se causaron durante el vínculo laboral referenciado, previo cálculo actuarial, en favor del señor R.P.. Inconforme el demandante con la referida decisión interpuso recurso de apelación, y por proveído del 27 de enero de 2011, el Tribunal accionado adicionó el fallo de primera instancia en cuanto determinó los extremos de la relación laboral declarada, y las condenas por unas acreencias laborales y las indemnizaciones por la no consignación de las cesantías ante un fondo por la suma de $35.507.504,oo y la moratoria de $16.563.33 diarios desde el 8 de enero de 2009, “inclusive hasta cuando se efectué el pago total de las sumas adeudadas”.

Cuestionó el petente, la sentencia de segunda instancia proferida por el Tribunal Superior de Montería, porque desconoció las pruebas allegadas al proceso ordinario laboral de la referencia; que al demandante se le cancelaron todas las prestaciones sociales originadas de la relación laboral mencionada “y condena al pago de los mismo (sic), originando un doble cobro totalmente ilegal e improcedente” y lo manifestado por aquél en el interrogatorio de parte “donde acepta que se le liquidaba anualmente y que la firma en las liquidaciones era suya”.

Igualmente reprochó el hecho a que en la providencia cuestionada lo condenaran al pago de la indemnización moratoria, cuando es incompatible con la sanción prevista en el artículo 254 del C.S.T. y S.S., conforme al criterio jurisprudencial de esta Sala y no tener en cuenta la buena fe del demandado, lo que conlleva a un “grave detrimento económico por mas injustificado y un consecuente enriquecimiento ilícito e injustificado del ex trabajador (…), quien ya recibió sus prestaciones y cesantías durante el transcurso de la...

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