Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 9 de Junio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 308925254

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 9 de Junio de 2011

Número de expediente54197
Fecha09 Junio 2011
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No.1

MAGISTRADO PONENTE

AUGUSTO J.I.G.

APROBADO ACTA No. 194

Bogotá, D.C., nueve (09) de junio de dos mil once (2011)

ASUNTO

Se pronuncia la Sala sobre el recurso de impugnación interpuesto por L.V.G.J. contra la decisión proferida el 02 de mayo de 2011 por la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá, a través de la cual negó la tutela interpuesta contra los Juzgados 5° de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad y 31 Penal del Circuito, ambos de esta ciudad por la presunta vulneración a los derechos fundamentales de petición y al debido proceso.

ANTECEDENTES
  1. Hechos y fundamentos de la acción.

Fueron narrados por el Tribunal de la siguiente manera:

[Mediante sentencia de 29 de mayo de 2008, el JUZGADO 31 PENAL DEL CIRCUITO DE BOGOTÁ condenó a L.V.G.J. a la pena de 42 meses de prisión, tras hallarlo penalmente responsable de la conducta punible de actos sexual abusivo con menor de 14 años en concurso homogéneo, con la consecuente inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por idéntico lapso al de la sanción principal, negando la concesión de la suspensión condicional de la ejecución de la pena privativa de la libertad, y el sucedáneo de la prisión domiciliaria del artículo 38 del Código Penal, cobrando ejecutoria el 12 de junio de 2008.

La etapa de vigilancia de la pena correspondió por reparto al JUZGADO 5° DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTA.

Acudió a la acción de tutela con miras a que se revise su fallo condenatorio, estimando que para su caso concreto, se encontraba prescrita la acción penal, y atendiendo que su representado fue vinculado como persona ausente, así como la ausencia de pruebas que comprobaban su participación en los hechos investigados, lo procedente era una sentencia absolutoria, o el otorgamiento de la prisión domiciliaria desde el 2 de noviembre de 2010, cuando fue dejado a disposición del despacho fallador, y desde esa fecha, privado de la libertad en la Cárcel La Picota de Bogotá.

Además, agregó que en aquella fecha elevó petición en tal sentido ante el JUZGADO 5° DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD DE BOGOTÁ, y aún no ha obtenido respuesta al respecto.] LA SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá decidió negar el amparo por dos razones: (i) el accionante estuvo asistido por un profesional del derecho...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR