Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Agosto de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 321801195

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 25 de Agosto de 2011

Fecha25 Agosto 2011
Número de expediente55777
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

-SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1-MAGISTRADO PONENTE

AUGUSTO J.I.G.

APROBADO ACTA Nº 307-

Bogotá, D.C., veinticinco (25) de agosto de dos mil once (2011).ASUNTO

Se resuelve la acción de tutela que, en procura de lograr la protección de sus derechos al debido proceso y defensa, interpuso A.S.S. contra el Juzgado Promiscuo de San Vicente de Chucurí y la Sala Penal del Tribunal Superior de Bucaramanga.

Se vinculó y corrió traslado a la Fiscalía Seccional de San Vicente de Chucurí.

ANTECEDENTES
  1. Hechos relevantes

    De lo que obra en el expediente se extracta que el 30 de junio de 2009 la Fiscalía Seccional de San Vicente de Chucurí acusó a A.S.S. por homicidio y fabricación, tráfico y porte de armas de fuego de defensa personal.

    El 9 de noviembre de 2009 el Juzgado Promiscuo del Circuito del mismo municipio profirió sentencia mediante la cual lo condenó a 234 meses de prisión (19 años y 6 meses), igual término de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas y prohibición para tenencia y porte de armas por cinco años. Le negó la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. Por razón de perjuicios, lo condenó a 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

    La decisión fue apelada por la defensa y confirmada el 22 de enero de 2010 por el Tribunal Superior de Bucaramanga.

  2. El amparo propuesto

    A juicio del peticionario, se le desconocieron sus derechos al debido proceso y defensa por las siguientes causas:

    ● En el proceso no hay prueba que lo comprometa y para el día de los hechos él se encontraba en compañía de “A.S.G., R.Z.S., O.S., O., el cantinero, y su esposa”, quienes pueden declarar lo que en realidad ocurrió, esto es, que cuando estaban departiendo y tomando bebidas alcohólicas llegaron unos “encapuchados” que empezaron a disparar.

    ● Ni la fiscalía ni los jueces advirtieron que A., el único testigo que lo inculpa, tuvo con él un percance en ocasión anterior y le guarda rencor por ello. La investigación fue deficiente.

    ● Aunque se señaló que el homicidio imputado era simple, lo cierto es que se le condenó por uno agravado. Si bien impugnó la sentencia, el Tribunal incurrió en prevaricato porque él era apelante único.

    Aclara que renunció a la casación y a la revisión del proceso.

  3. La respuesta de las autoridades

    3.1. La Fiscal Seccional

    En la carpeta obra el escrito de acusación y copia del acta de audiencia de juicio oral, en donde consta que como testigos de la defensa fueron escuchados A.S.G., O.S., M.E.S. de C., I.R.P., M.C.B., J.A.S.S. y el procesado. Así mismo, que se desistió del testimonio de R.S. y D.V.V.R..

    No se violaron los derechos del actor porque siempre estuvo asistido por un defensor público, que ejerció a cabalidad su cargo.

    Adjuntó copia del escrito de acusación y del acta de la audiencia respectiva.

    3.2. El Juez

    Durante la actuación surtida en juicio al accionante se le respetaron todas las garantías.

    El procesado interpuso recurso de casación pero mediante auto del 30 de abril de de 2008 el Tribunal Superior lo declaró desierto porque no se allegó la demanda respectiva.

    Aportó copia de la sentencia.

    3.3. Un magistrado del Tribunal

    La Sala confirmó el fallo impugnado porque las pruebas aportadas permitieron concluir más allá de toda duda la responsabilidad del accionante.

    Este acude a la tutela a pesar de no haber agotado todos los medios de defensa judicial, por lo que es improcedente.

    En ningún momento agravó la pena impuesta en primera instancia.

    Adjuntó copia de la decisión adoptada.

CONSIDERACIONES
  1. El asunto planteado

    De acuerdo con la situación...

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