Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 19 de Julio de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 327261079

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 19 de Julio de 2011

Fecha19 Julio 2011
Número de expediente33441
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

Radicación No. 33441

Acta No. 023

Magistrado Ponente: FRANCISCO JAVIER RICAURTE GÓMEZ

Bogotá D. C., diecinueve (19) de julio dos mil once (2011).

Decide la Corte la impugnación presentada por la parte accionante en este asunto, representada por la señora N.M.E., en contra del fallo de tutela de fecha 26 de mayo de 2011, proferido por la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE BARRANQUILLA, mediante el cual se denegó el amparo de los invocados derechos a la vida, debido proceso y seguridad social, presuntamente conculcados por el JUZGADO SEGUNDO LABORAL DEL CIRCUITO DE BARRANQUILLA, al interior del proceso ordinario laboral por ella promovido en contra del Instituto de Seguros Sociales.

ANTECEDENTES

Señaló la parte actora de este asunto, que el conocimiento del referido proceso, a través del cual se pretendió el reconocimiento y pago de reajuste de la mesada pensional reconocida al señor Á.G.C., correspondió al juzgado aquí accionado. Que admitido el libelo y surtido el trámite de rigor, se propusieron excepciones por la parte demandada, entre ellas la de prescripción, y que ese estrado, al interior de la audiencia de conciliación y fijación del litigio, celebrada el 30 de julio de 2010, dispuso tener por acreditada la referida exceptiva, al manifestar que habían transcurrido más de tres años desde el reconocimiento del citado derecho y que, por lo tanto, la acción en cuestión ya había prescrito.

En sentir de la parte actora, tal determinación comporta vía de hecho y lesiona sus derechos fundamentales, como quiera que desconoce la posición que en sentido contrario han expuesto la Sala de Casación Penal de esta Corporación y la Corte Constitucional.

Reclama, entonces, la concesión del excepcional resguardo constitucional y que, como consecuencia de ello, se declare la nulidad de la decisión cuestionada, ordenando continuar con el referido trámite procesal.

TRÁMITE IMPARTIDO

Por auto del 16 de mayo de 2011, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Barranquilla asumió el conocimiento de la presente acción de tutela y, conjuntamente con el despliegue de actividad probatoria, dispuso dar en traslado la demanda al accionado e intervinientes, en garantía de sus derechos de contradicción y defensa.

Dentro del término de traslado, el Juzgado accionado rindió informe en el que solicitó que se denegara el amparo deprecado, toda vez que sus actuaciones se encuentran enmarcadas en la legalidad. Igualmente, precisó que contra la decisión que se le censura procedían medios ordinarios de defensa que no fueron empleados por la parte que hoy invoca el resguardo de sus garantías.

Con sentencia fechada el día 26 de mayo de año que avanza, el colegiado a quo denegó, por improcedente, el amparo impetrado, bajo el argumento de no satisfacerse el principio de residualidad.

Contra el citado fallo, la parte accionante presentó impugnación, sin que expusiera los argumentos de su inconformidad.CONSIDERACIONES DE LA CORTE

Establece la Carta Política en su artículo 86, que para proteger los derechos fundamentales de cualquier persona, cuando se vean amenazados o vulnerados por la acción u omisión de una autoridad...

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