Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 17 de Agosto de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 332182418

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 17 de Agosto de 2011

Fecha17 Agosto 2011
Número de expediente26522
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

SALA DE CASACIÓN LABORAL

C.E.M.M.

Magistrado Ponente Tutela 26522

Acta No. 27

Bogotá D.C., diecisiete (17) de agosto de dos mil once (2011). Procede la Corte a resolver la primera instancia en la acción de tutela instaurada por A.V.M. –Juez Cuarta Laboral del Circuito de Cúcuta-, contra la SALA LABORAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE CÚCUTA y J.R.R.G..

Para el efecto, se anotan los siguientes,

  1. FUNDAMENTO FÁCTICOS

    1. Que el señor J.R.R.G., quien fue secretario del Juzgado Cuarto Laboral de Circuito de Cúcuta hasta el 22 de julio de 2011, fecha en que se negó la reposición de la calificación insatisfactoria de mayo 19 de 2011, promovió acción de esta misma naturaleza en su contra.

    2. Que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cúcuta el 2 de agosto de 2011, profirió sentencia favorable a las pretensiones del tutelante, y ordenó dejar sin efecto la resolución No.005 del 22 de julio de 2011, mediante la cual se resolvió el recurso de reposición presentado contra la calificación insatisfactoria de servicios y, consecuencialmente, el reintegro del actor, al cargo de Secretario del Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de esa ciudad.

    3. Que la Colegiatura fundamentó su decisión argumentado, que “no se podía dar trámite al recurso de reposición interpuesto contra la calificación insatisfactoria, hasta tanto no se revisara la recusación que contra la accionada pesaba; sin embargo, no solamente no se completó el trámite de la misma, sino que mediante Resolución 005 del 22 de julio de 2011 se desató el recurso de reposición, violando de esta manera el debido proceso administrativo de actor”.

    4. Que, en criterio de la actora, la decisión censurada es a todas luces “ilegal”, como quiera que contra los actos administrativos la acción de tutela es improcedente; que así mismo, es improcedente reclamar acción de reintegro a través de tutela, máxime que el tutelante no demostró que se le hubiera causado un perjuicio irremediable, para que el amparo fuera procurado.

    Con base en los hechos anotados, se hacen las siguientes,

  2. PETICIONES

    1. Que previo el rito procesal propio de la acción de tutela, mediante sentencia se protejan los derechos fundamentales al debido proceso y derecho de defensa.

    2. Que como consecuencia, se anule la sentencia de tutela del 2 de agosto de 2011, que dejó sin efecto la resolución 005 del 22 de julio de 2011, y ordenó el reintegro de J.R.R.G. al cargo de Secretario del Juzgado Cuarto Laboral del Circuito de Cúcuta.

    III TRÁMITE IMPARTIDO

    ...

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