Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Octubre de 2011 - Jurisprudencia - VLEX 333771954

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 13 de Octubre de 2011

Fecha13 Octubre 2011
Número de expediente56719
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

Magistrada Ponente:

M.D.R.G.M.

Aprobado Acta N° 365

Bogotá, D.C., trece (13) de octubre de dos mil once (2011).

OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO

Decidir la acción de tutela presentada por el apoderado de C.A.C. en contra del Tribunal Superior de Popayán, en actuación que comprende al Juzgado Penal del Circuito de la misma ciudad, por el presunto desconocimiento de los derechos fundamentales al debido proceso e igualdad.

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

El apoderado de C.A.C., promueve demanda de amparo en contra del mencionado juez corporativo, cuestionando la providencia por cuyo medio inadmitió el recurso de apelación presentado contra la sentencia de primera instancia a través de la cual el Juzgado Penal del Circuito de Puerto Tejada lo condenó como coautor responsable de los delitos de homicidio agravado y sedición, aduciendo que constituye vía de hecho y vulnera el principio de la igualdad porque en un caso similar sí resolvió de fondo la impugnación presentada al fallo de primer grado.

Aduce además que la condena impuesta a su representado desconoce el principio de investigación integral porque el Juzgado solamente otorgó mérito probatorio a los elementos de juicio presentados por la Fiscalía.

Por ello, solicita amparar la garantía fundamental invocada, declarar la nulidad del proveído emitido por el Tribunal Superior accionado para que, en su lugar, proceda a resolver el recurso de apelación presentado contra el fallo primer grado.

TRÁMITE DE LA ACCIÓN

  1. Esta Sala mediante auto del pasado 5 de octubre asumió el conocimiento del asunto y le comunicó lo pertinente al accionante, a las accionadas y a todas las partes e intervinientes en el proceso que motivó la solicitud de amparo.

  2. El Juzgado Penal del Circuito de Puerto Tejada al atender el requerimiento pide declarar improcedente la petición de amparo invocada por el actor, puesto que la sentencia de primera instancia de 31 de agosto de 2007 la sustentó en las pruebas obrantes en la actuación, las cuales le permitieron concluir con certeza en la existencia de los delitos de homicidio agravado y sedición, así como en la responsabilidad del procesado C.A.C. en los mismos.

    Agrega que el defensor del implicado impugnó el fallo, pero con auto de 15 de junio de 2011, el Tribunal Superior de Popayán inadmitió el recurso interpuesto por indebida sustentación, procediendo, en consecuencia, a enviar la actuación a los Juzgados de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Palmira para el control de la condena impuesta al actor.

  3. El Tribunal Superior de la ciudad en mención a través de su respectiva Sala de Decisión Penal, indica que la excesiva y compleja carga laboral recibida por el Magistrado Ponente, doctor Orlando de J.P.B., le permitió evacuar el proceso motivo de la tutela hasta este año, pero al advertir que la impugnación no constituía un verdadero ataque a la sentencia de primera instancia, debió inadmitirse.

    En relación con el presunto desconocimiento del derecho a la igualdad, señaló que la parte actora no aporta elementos de juicios que permitan evidenciar un trato discriminatorio. Además, ese juez corporativo siempre ha sido respetuoso del ordenamiento legal, por tanto, la decisión de no emitir un pronunciamiento de fondo, obedeció a que el recurso no fue sustentado en debida forma.

    PARA RESOLVER SE CONSIDERA

    De conformidad con la preceptiva del artículo 1º, numeral 2º del Decreto 1382 del 12 de julio de 2000 es competente la...

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