Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 17 de Enero de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 354353878

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 17 de Enero de 2012

Fecha17 Enero 2012
Número de expediente57722
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL - SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ

Aprobado acta número 5Bogotá. D.C., diecisiete de enero de dos mil doce

Decide la Sala la impugnación interpuesta por M.R. a través de apoderado, contra el fallo proferido el 25 de octubre de 2011 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, mediante el cual negó el amparo de sus derechos fundamentales, presuntamente vulnerados por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior de Neiva.ANTECEDENTES

y

FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

Así fueron sintetizados por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia:

“La accionante por conducto de apoderado judicial, activó el recurso a la Carta, al estimar vulnerados sus derechos fundamentales, con la sentencia de segundo grado fechada el 17 de noviembre de 2010, emanada del colegiado accionado, a través de la cual se revocó la que favorable a sus pretensiones había dictado el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Neiva, al reconocer el derecho de pensión de sobrevivientes reclamado, y, en su lugar, absolvió a la pasiva de tal condena.

“Da cuenta que tal fallo fue atacado a través del extraordinario recurso de casación, pero que su concesión fue negada por el accionado, mediante auto del 16 de diciembre de 2010, por ausencia de interés jurídico en razón de la cuantía.

“En sentir de la actora, la decisión de segundo grado dictada por la Sala accionada, comporta vía de hecho y transgresión de sus garantías superiores, toda vez que el argumento expuesto, referente a que no cumplía ‘…con los supuestos exigidos por la normativa que regula el caso (…)’no se ajusta a la realidad, toda vez que, contrario a lo allí argüido, cumple con las exigencias del Acuerdo 049 de 1990 y el Decreto 758 de ese mismo año, para acceder, en la calidad indicada, a la referida prestación.

“Bajo tales supuestos, reclama el resguardo de sus derechos fundamentales y que, en consecuencia, se revoque el fallo censurado, para que, en su lugar, se mantenga el fallo de primera instancia que allí fuera revocado”.EL FALLO IMPUGNADOLa Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia denegó el amparo invocado, por cuanto la acción falta al principio de la inmediatez.

LA IMPUGNACIÓN

M.R. impugnó la anterior decisión reiterando los motivos de la demanda.CONSIDERACIONES DE LA SALA

De conformidad con las disposiciones del artículo 1º, numeral 2º del Decreto 1382 del 12 de julio de 2000, es competente esta Sala para pronunciarse sobre la impugnación interpuesta contra la decisión proferida por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia.

Requisitos de procedibilidad de la acción de tutela

La tutela es un mecanismo de protección excepcional frente a providencias judiciales, su prosperidad va ligada al cumplimiento de estrictos requisitos de procedibilidad que implican una carga para el actor, tanto en su planteamiento como en su demostración, como lo ha expuesto la propia Corte Constitucional[1].

La acción de tutela contra providencias judiciales, exige:

  1. Que la cuestión que se discuta resulte de evidente relevancia constitucional.

  2. Que se hayan agotado todos los medios -ordinarios y extraordinarios- de defensa judicial al...

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