Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 14 de Febrero de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 370358226

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 14 de Febrero de 2012

Número de expediente36571
Fecha14 Febrero 2012
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORALL.G.M.B.

Magistrado Ponente

Radicación No. 36571

Acta No. 04

Bogotá D.C., catorce (14) de febrero de dos mil doce (2012).

Sería del caso que la Corte se pronunciara sobre la impugnación que interpuso la COMISIÓN NACIONAL DEL SERVICIO CIVIL contra el fallo proferido por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogotá el 1º de diciembre de 2011, dentro de la acción de tutela que J.L.V.F. promovió contra la entidad impugnante en la que se vinculó al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –Incoder-, de no advertirse configurada una causal de nulidad por indebida integración del contradictorio, que invalida lo actuado.

En reiteradas oportunidades la jurisprudencia de la Sala ha sostenido que aunque quien acude a la tutela tiene el deber de manifestar cuál es la autoridad o el particular que le ha lesionado o amenazado sus derechos; tal enunciación no puede atar al juez constitucional ni limitar su acción, quien tiene el deber de revisar la actuación procesal que se tacha de irregular y de vincular a todas las personas que en un momento determinado pudieran ver afectados sus derechos con la acción propuesta y el fallo que se profiera dentro de la misma.

La dicha situación no la comprendió el juez colegiado de primera instancia, pues al momento de avocar el trámite no vinculó a los terceros interesados, esto es a quienes hacen parte del registro de elegibles como aspirantes al cargo de Conductor Mecánico Código 4103 Grado 19 del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –Incoder- lo que implica necesariamente que el Tribunal debía comunicar a dichas personas, la iniciación de la presente acción, con el fin de que pudieran ejercer su derecho de contradicción, ya que aun no fueron mencionados en el escrito de tutela como accionados o involucrados, tienen un claro interés en el resultado de la acción.

En el presente asunto, observa la Sala que si bien en la demanda de tutela se señaló como entidad accionada a la Comisión Nacional del Servicio Civil y se vinculó al Instituto Colombiano de Desarrollo Rural –Incoder- así como a las personas que en la actualidad se encuentran ocupando en provisionalidad el cargo pretendido, se dejó sin posibilidad de intervención a los integrantes del registro de elegibles que evidentemente debían ser enterados para salvaguardar su derecho de defensa, como parte interesada.

Por lo tanto, si de los hechos aducidos en la demanda de tutela o de las respuestas...

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