Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Marzo de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 370375002

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 15 de Marzo de 2012

Fecha15 Marzo 2012
Número de expediente58952
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No.1.MAGISTRADO PONENTE

AUGUSTO J.I.G.

APROBADO ACTA No. 94-

Bogotá, D.C., quince (15) de marzo de dos mil doce (2012)

ASUNTO

Se pronuncia la Sala sobre el recurso de impugnación interpuesto por J.P.A. contra la decisión proferida el 29 de noviembre de 2011, por la Sala Penal del Tribunal Superior de Valledupar, a través de la cual negó la tutela interpuesta contra el Juzgado Penal del Circuito Especializado de ese Distrito Judicial, por la presunta vulneración del derecho fundamental al debido proceso. HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN.

Fueron narrados por el Tribunal en los siguientes términos:

“Informa el actor, que fue condenado el 28 de septiembre de 2009, por parte del Juzgado Penal del Circuito Especializado de esta ciudad, a la pena de 272 meses de prisión y multa de 3.550 SMLMV, por los delitos de concierto para delinquir agravado en la modalidad de extorsión y Extorsión. Aduce que con el fallo del juzgado especializado se quebrantó el principio de legalidad, porque en la sentencia se le aplicó la ley (sic) 733 de 2002 que ya estaba derogada por el C.P. de 2004.

Que además, si se le condenó por el delito de concierto agravado en la modalidad de extorsión, no tenía porque (sic) condenársele nuevamente por el delito de Extorsión, lo que llevó a que recibiera una pena exagerada”.

LA SENTENCIA IMPUGNADA

La Sala Penal del Tribunal Superior de Valledupar negó el amparo solicitado y declaró improcedente la acción al considerar que desconoció el principio de inmediatez.

LA IMPUGNACIÓN

El accionante manifestó su inconformidad con el fallo de tutela al momento de ser notificado personalmente aduciendo la palabra “apelo”, sin aducir argumento alguno.

PROBLEMA JURÍDICO

Corresponde a la Sala determinar si el juzgado demandado vulneró el derecho fundamental al debido proceso que reclama el actor, al condenarlo por los delitos concierto para delinquir y Extorsión bajo la aplicación la Ley 733 de 2002.

Previo a ello, examinará si se cumplen los requisitos de procedibilidad de este mecanismo constitucional.

CONSIDERACIONES
  1. La procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales.

    En reiteradas oportunidades la jurisprudencia ha sostenido que la acción de tutela contra providencias judiciales es no sólo excepcional, sino excepcionalísima. Ello para no afectar la seguridad jurídica y como...

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