Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Junio de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 382785046

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 7 de Junio de 2012

Número de expediente60843
Fecha07 Junio 2012
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS Nº 1MAGISTRADO PONENTE

S.E.P.

APROBADO ACTA Nº. 222-

Bogotá, D.C., siete (7) de junio de dos mil doce (2012)

ASUNTO

Se resuelve la acción de tutela interpuesta por J.L.H., contra la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio y el Juzgado 2° Penal del Circuito de esa ciudad, por la presunta violación del derecho fundamental al debido proceso y al principio de legalidad.

HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

  1. El 11 de noviembre de 2011, el Juzgado 2° Penal del Circuito de Villavicencio, condenó al accionante a la pena de 227 meses de prisión por los delitos de homicidio simple y porte ilegal de arma de fuego.

  2. La sentencia fue apelada por la defensa quien solicitó absolución del señor J.L.H., al estimar que el comportamiento de su defendido se encuentra justificado por haber obrado en legítima defensa.

  3. El 29 de agosto de 2011, la Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio no avaló la posición del impugnante y resolvió la alzada confirmando íntegramente el fallo condenatorio.

  4. Inconforme el quejoso con el resultado del proceso adelantado en su contra, acude al juez de tutela para insistir en que el fallo condenatorio se edificó sin tener en cuenta las pruebas que demostraban que el homicidio por él cometido fue en legítima defensa.

En consecuencia, solicita que se le “modifique el quantum punitivo”.

LAS RESPUESTAS

Sala Penal del Tribunal Superior de Villavicencio.

Un magistrado indicó en relación con los hechos que motivaron la tutela, que el 29 de agosto de 2011 se resolvió la apelación interpuesta por la defensa contra la proferida en primera instancia por el Juzgado 2° Penal del Circuito, de fecha 11 de noviembre de 2010, por los delitos de homicidio simple y porte ilegal de armas de fuego, decidiendo confirmar la providencia en su totalidad.

El accionante no hizo uso del recurso extraordinario de casación contra la sentencia de segundo grado, siendo el medio idóneo de defensa judicial previsto por el legislador para exigir el derecho.

PROBLEMA JURIDICOCorresponde a la Sala determinar si las autoridades accionadas vulneraron el derecho fundamental al debido proceso que reclama el actor, por no reconocer en el fallo por el cual resultó condenado por el delito de homicidio, que actuó en legítima defensa.

Previo a ello se hará referencia a los requisitos de procedibilidad de la acción de tutela...

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