Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 19 de Junio de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 382785746

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 19 de Junio de 2012

Fecha19 Junio 2012
Número de expediente61189
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS No. 1

MAGISTRADO PONENTE

Dr. S.E.P.

APROBADO ACTA No. 231-

Bogotá, D.C., diecinueve (19) de junio de dos mil doce (2012).

ASUNTO

Se resuelve sobre la competencia para conocer de la acción de tutela instaurada por E.S.B., contra la Fiscalía 179 Seccional, el Juzgado 55 Penal del Circuito de Descongestión y el Juzgado 17 Civil del Circuito, todos de Bogotá.

La demanda se presentó ante Sala Penal del Tribunal Superior de esta ciudad y este lo remitió[1] al considerar que debe ser vinculado al presente trámite por haber conocido en segunda instancia del proceso adelantado por el juzgado 55.

ANTECEDENTES

1. Los hechos y el amparo propuesto.

1.1- El 28 de septiembre de 2009 F.E.N.M. fue condenado por el Juzgado 47 Penal del Circuito de Bogotá[2] por el delito de estafa agravada, emisión y transferencia ilegal de cheques y urbanización agravada y en el numeral quinto de la parte resolutiva resolvió no levantar el embargo del inmueble ubicado en la carrera 94 A # 125 – 49 de Bogotá.

1.2- El 3 de junio de 2010 la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá[3] confirmó el fallo del A – quo y revocó el referido numeral, bajo el entendido de mantener incólume el embargo del mencionado bien pero levantando la prohibición de enajenar sin autorización.

1.3- Esa determinación fue impugnado en casación y el 14 de diciembre de 2010 la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia[4] resolvió, entre otros, casar parcialmente de oficio la sentencia proferida en el sentido de imponer a F.E.N.M. la pena de 10 años de prisión.

1.4- Al mismo tiempo, se adelantó proceso ejecutivo contra el condenado y sobre el mismo bien (carrera 94 A # 125 – 49 de Bogotá), el cual culminó con diligencia de remate[5] realizada el 26 de mayo de 2011 cuya subasta fue ganada por ESPERANZA S. B..

En vista de lo anterior, la actora llevó el documento de adjudicación y cancelación del embargo a la Oficina de Registro e Instrumentos Públicos, que regresó con nota devolutiva[6] informando que se encuentra con embargo vigente e inscrita prohibición para efectuar registro de documentos, de conformidad con lo ordenado por el Juzgado 55 Penal del Circuito de Descongestión de Bogotá.

1.5- El 12 de octubre de 2011 el mencionado Juzgado negó la solicitud de desembargo solicitada por la libelista.

1.4- La peticionaria presenta acción de tutela...

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