Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 8 de Agosto de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 396268222

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Laboral nº de 8 de Agosto de 2012

Número de expediente39469
Fecha08 Agosto 2012
EmisorSALA DE CASACIÓN LABORAL
MateriaDerecho Laboral y Seguridad Social

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN LABORAL

Magistrada Ponente: E.D.P. CUELLO CALDERÓN

Radicación No. 39469

Acta No. 28

Bogotá D. C., ocho (8) de agosto de dos mil doce (2012)

Se resuelve la impugnación presentada por E.R.R.O. contra la sentencia proferida el 4 de junio de 2012 por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena, dentro de la acción de tutela instaurada contra el MINISTERIO DE TRABAJO – DIRECCIÓN TERRITORIAL DE BOLÍVAR -.

ANTECEDENTES

El accionante promovió acción de tutela para obtener el amparo de sus derechos fundamentales a la de defensa y al debido proceso.

En lo que concierne a la impugnación, expuso que el 16 de agosto de 2011, presentó ante el Ministerio de la Protección Social, Grupo de Atención al Ciudadano, denuncia contra la Promotora Turística del Caribe Protucaribe S.A. Hotel Las Américas por la presunta omisión o vulneración de sus deberes legales “al No acatar las Normas Laborales en la Medicina preventiva y del Trabajo, fincando su denuncia ante el cúmulo de Discapacidades y Minusvalías las cuales “Brilla al ojo,.” en las remisiones efectuadas por la A.R.P. SURA y la JUNTA REGIONAL DE CALIFICACIÓN DE INVALIDEZ DE BOLÍVAR”; que el 31 de ese mes y año, la denuncia se trasladó al Director General de Riesgos Profesionales y posteriormente a la Dirección Territorial Bolívar, quien el 3 de mayo de 2012 profiere la Resolución 056 de 29 de febrero de esa anualidad que resolvió archivar la investigación administrativa laboral instaurada contra Protucaribe S.A. Hotel Las Américas.

Aseveró que en el referido acto administrativo se introdujeron apreciaciones personales, sin que, se comisionara la investigación e indagación de los hechos denunciados; que aquella Resolución no le fue debidamente notificada de conformidad con lo establecido en los artículos 44 y 45 del Código Contencioso Administrativo, y no se le brindó la oportunidad de interponer los recursos de ley; relató que contra la sociedad denunciada cursan diversas quejas administrativas erigidas sobre idénticos hechos que motivaron su actuar.

Por lo anterior, solicitó la revocatoria de la Resolución 056 de 29 de febrero de 2012, y en su lugar, “RESUELVA, la aplicación respectiva de las condignas Multas y/o Sanciones con destino a Fiduprevisora S.A. E.F.P. MINPROTECCIÓN. ó con destino al Servicio Nacional de Aprendizaje “SENA” Fondo de Riesgos Profesionales ó ante el Jefe de la Unidad Especial de Inspección vigilancia y Control del Trabajo”.

TRÁMITE IMPARTIDO

A través del auto del 24 de mayo de 2012, la Sala Laboral del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena avocó el conocimiento, ordenó notificar al Ministerio accionado y vincular a la Promotora Turística del Caribe Protucaribe S.A. Hotel Las Américas Global Resort para que ejercieran sus derechos de defensa y contradicción.

El Ministerio del Trabajo refirió que...

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