Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 27 de Septiembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 402083474

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 27 de Septiembre de 2012

Fecha27 Septiembre 2012
Número de expediente63132
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS N° 2

Magistrado Ponente:

MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ MUÑOZ

Aprobado Acta No. 360 Bogotá D.C., veintisiete (27) de septiembre de dos mil doce (2012).OBJETO DEL PRONUNCIAMIENTO Decidir la impugnación presentada por A.M.R.L., en contra del fallo de tutela proferido el 22 de agosto de 2012 por el Tribunal Superior de Villavicencio, Sala Penal, que negó el amparo de los derechos fundamentales a la libertad, igualdad y debido proceso, presuntamente vulnerados por los Juzgados Primero Penal del Circuito de Conocimiento de Bogotá y Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias (Meta).ANTECEDENTES RELEVANTES

  1. A.M.R.L. fue condenado por el Juzgado Sexto Penal del Circuito Especializado de Bogotá como autor del delito de hurto calificado y agravado en concurso heterogéneo con porte ilegal de armas de fuego y municiones, a la pena principal de 56 meses de prisión. No le concedieron el subrogado de la condena de ejecución condicional, ni la prisión domiciliaria. 2. De la ejecución de la pena conoce el Juzgado Tercero de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad de Acacias (Meta), donde mediante proveído del 26 de marzo de 2012 le negaron al sentenciado la concesión del sustituto de libertad condicional.

    3. La anterior determinación fue objeto de los recursos de reposición y apelación; el primero se resolvió en forma negativa por el juzgado ejecutor el 11 de mayo de 2012, y el Juzgado Primero Penal del Circuito de Conocimiento confirmó dicha decisión, por auto del 10 de julio siguiente.

    FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN

    A.M.R.L. manifestó su inconformidad con las decisiones de no otorgarle el beneficio de la libertad condicional, pese a que cumple con los requisitos para su concesión. Precisó que su conducta en el centro carcelario ha sido valorada como buena y ejemplar, ha redimido pena con miras a resocializarse, por lo que puede vivir en sociedad.

    Agregó que se desconoce su derecho a la igualdad en la medida que a otros penados les han concedido el aludido subrogado, frente a delitos de mayor gravedad. Por lo anterior, solicitó el amparo de los derechos fundamentales invocados y, en consecuencia, conceder su libertad condicional.TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA

  2. El Tribunal Superior de Villavicencio por auto del 10 de agosto de 2012 admitió la demanda y ordenó vincular a las autoridades accionadas.

  3. El Juzgado Tercero de Ejecución de...

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