Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 20 de Septiembre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 403449215

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 20 de Septiembre de 2012

Fecha20 Septiembre 2012
Número de expediente62922
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE DECISIÓN PENAL DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

F.A.C.C.

Aprobado Acta No.352

Bogotá, D.C., veinte (20) de septiembre de dos mil doce (2012).1. VISTOS:

Se pronuncia la Sala respecto de la impugnación interpuesta por A.C.F.Q. a través de apoderado, contra la sentencia proferida el 14 de agosto de 2012, por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia, a través de la cual negó el amparo de sus derechos fundamentales al debido proceso e igualdad, presuntamente conculcados por una Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio.

  1. ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN:

  2. O.G.M. a través de apoderado, instauró demanda laboral contra A.C.F.Q. para que previa la declaratoria de la existencia de un contrato de trabajo verbal a término indefinido desde el 9 de mayo hasta el 9 de diciembre de 2007, fuera condenada a reconocerle y pagarle los valores adeudados por concepto de cesantías e intereses a las mismas, prima de servicios, vacaciones, sanción moratoria, indemnización por despido injusto, indemnización por las cesantías, subsidio de transporte, trabajo suplementario e indexación.

  3. Después de agotar el procedimiento establecido en la ley, el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Villavicencio mediante sentencia fechada 3 de mayo de 2011, absolvió a la parte demandada de todas y cada una de las pretensiones.

  4. Contra el fallo de primera instancia, el apoderado de la parte demandante interpuso y sustentó recurso de apelación y una Sala de Decisión Laboral del Tribunal Superior de Villavicencio, acogiendo a plenitud los argumentos expuestos por el recurrente, el 10 de noviembre de 2011, revocó el fallo de primera instancia, en su lugar declaró la existencia de un contrato de trabajo entre las partes y condenó a A.C.F.Q. al pago de las prestaciones sociales a las que aspiró la demandante.

  5. A.C.F.Q. recurrió al juez de tutela para que previo el agotamiento del procedimiento establecido en el decreto 2591 de 1991 le proteja sus derechos fundamentales al debido proceso e igualdad, en consecuencia, solicitó se deje sin efecto la decisión proferida por la Corporación Judicial atrás referenciada porque “le otorgó toda la credibilidad al testimonio que rindió el señor A.L.S.… el cual no fue aportado a este proceso como prueba legal”, motivo por el cual considera que se debe dejar sin efecto jurídico el fallo del cual discrepa y se debe dictar uno ajustado a derecho.

  6. TRÁMITE DE LA ACCIÓN:

    1. Esta Colegiatura en su Sala de Casación Laboral admitió la demanda de tutela, notificó a las autoridades judiciales accionadas y vinculó a los terceros que pudieran verse afectados con la decisión que ponga fin a la solicitud de amparo.

    4. SENTENCIA DE PRIMERA INSTANCIA:

    El Cuerpo Decisorio de primera instancia de esta Corporación previo el estudio del acervo probatorio y apoyado en jurisprudencia de la Corte Constitucional, resolvió negar el amparo solicitado por carencia del principio de inmediatez, máxime cuando la accionante no justificó que hubiere mediado algún acontecimiento idóneo que le impidiera instaurar oportunamente o, por lo menos, en un término...

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