Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 10 de Octubre de 2012 - Jurisprudencia - VLEX 406280686

Tutela de Corte Suprema de Justicia - Sala de Casación Penal nº de 10 de Octubre de 2012

Fecha10 Octubre 2012
Número de expediente63299
EmisorSala de Casación Penal
MateriaDerecho Penal

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

SALA SEGUNDA DE DECISIÓN DE TUTELAS

Magistrado Ponente:

J.L.B.C.

Aprobado acta No. 377

Bogotá, D.C., octubre diez (10) de dos mil doce (2012).

V I S T O S

Decide la Sala la impugnación interpuesta por el apoderado del accionante M.A.S.H. contra la sentencia adoptada el 7 de septiembre de 2012 por la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior Cúcuta, con la cual se declaró improcedente la petición de amparo para los derechos fundamentales que se afirman vulnerados por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de esa misma ciudad.

ANTECEDENTES Y FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA

De la demanda de tutela y de otros documentos allegados al expediente se infieren los siguientes hechos:

Por denuncia que formulara C.A.R.D. se tuvo conocimiento de los hechos sucedidos el 7 de mayo de 1996 en la ciudad de Cúcuta, en los que se atentó contra la vida de M.A.R.R. al intentar apoderarse de los bienes de valor existentes en su vivienda, habiéndose logrado la captura de dos de los presuntos partícipes en el acontecer delictivo, quienes al rendir versión señalaron a M.A.S.H. como la persona que los contrató para llevar a cabo la conducta criminal, por lo que la Fiscalía decretó la apertura de instrucción y ordenó la captura del sindicado.

Clausurado el ciclo instructivo la Fiscalía Primera Seccional de la Unidad Cuarta de Vida de Cúcuta, mediante resolución de fecha 21 de marzo de 1997, acusó a M.A.S.H. como responsable en calidad de determinador de los delitos de tentativa de homicidio y hurto calificado agravado, decisión en la que se precisó que en la conducta contra la vida concurrían circunstancias específicas de agravación (artículo 324 del C.P. -Ley 100 de 1980-), toda vez que el homicidio fue ideado con el ánimo de lograr otro hecho punible y buscando el concurso de los autores materiales a quienes se les prometió una suma de dinero, y estos a su vez eran imputables.

En firme el pliego de cargos las diligencias fueron asumidas por el Juzgado Cuarto Penal del Circuito de Cúcuta, despacho que luego de agotar el rito procesal pertinente emitió fallo el 27 de marzo de 2007 a través del cual condenó al procesado a la pena de 12 años, 6 meses de prisión, tras declararlo determinador responsable del delito de homicidio en grado de tentativa, con circunstancias de agravación. Así mismo, cesó procedimiento en relación con el punible de hurto calificado agravado.

Notificadas las partes en estrados, ninguna...

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